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Tras arreciar las críticas de comunidades, ganaderos y cazadores contra la orden que desde este miércoles prohibe cazar el lobo en España, se ha conocido un informe del Consejo de Estado que viene a avalar la decisión del Ministerio para la Transición ... Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) de incluir a «todas» las poblaciones del lobo ibérico en el Listado de Especies en Régimen de Protección Especial (Lespre). Un informe que, además, discrepa de buena parte de los argumentos contrarios expresados por las Galicia, Asturias, Cantabria y Castilla y León. De hecho, este mismo jueves el Consejo de Gobierno de Cantabria ha dado el visto bueno a presentar el recurso contencioso administrativo contra la orden.
El último dictamen del Consejo de Estado al que ha tenido acceso Europa Press y fue remitido al Miteco el pasado viernes, apenas cinco días antes de que la orden se publicará en el BOE. Tras esas reacciones en contra, el propio ministerio ha hecho también una aclaración. Así, insiste en que panes de gestión del lobo de las comunidades autónomas siguen «plenamente vigentes» y solo quedan anulados aquellos contenidos que contradicen la «normativa» aprobada. De esta forma, «las administraciones competentes podrán seguir eliminando determinados ejemplares conflictivos si no existe otra alternativa».
En concreto, se ha referido a la caza deportiva del lobo como uno de esos aspectos que contradicen dicha normativa y que ya no se podrá realizar -antes estaba permitida en las poblaciones al norte del Duero y por tanto no afectaba a Cantabria- porque, según ha detallado, es «incompatible» con su actual régimen de protección especial. Cantabria ya señaló el martes tras conocer la orden publicada que iba a seguir aplicando su propio plan de gestión mientras pedía ante la Audiencia Nacional la suspensión cautelar de la orden en tanto se resuelven todos los recursos contenciosos anunciados.
Insiste el ministerio que «las administraciones competentes podrán seguir eliminando determinados ejemplares conflictivos si no existe otra alternativa satisfactoria» y la obligación de indemnizar los daños por parte de la administración, como responsabilidad patrimonial.
Para el Consejo de Estado, en cualquier caso, resulta «perfectamente admisible» la inclusión del lobo en el Lespre. «No comparte el parecer expresado« por las cuatro comunidades sobre el procedimiento seguido, además de entender que las peculiaridades procedimentales que las mismas han detectado, o bien no constituyen singularidad alguna o bien se encuentran plenamente justificadas.
De ese modo, valora que la decisión normativa adoptada está «suficientemente motivada» e inspirado el principio de precaución de la regulación en la materia. El Consejo de Estado considera que el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico «puede aprobar la orden proyectada, incluyendo a todas las poblaciones del lobo, con independencia de su localización geográfica» en el Lespre.
En cuanto al procedimiento seguido para incluir a las poblaciones del norte del Duero en el Lespre, el Consejo de Estado «no comparte» que en la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural se deban aprobar las decisiones «por consenso» sino por mayoría y, respecto a la abstención de Navarra en dicho Comité el pasado 4 de septiembre, recuerda que hay jurisprudencia relativa a que se debe entender como parte de la libertad constitucional.
Al mismo tiempo, añade que corresponde a la Administración General del Estado incluir o no una especie, atendiendo a la información científica y al parecer de la comisión. De ese modo, valora que la postura de Navarra no cambió ni el parecer de la administración, ni el resultado de la votación.
En cuanto a la base científica, el órgano consultivo valora que el departamento que dirige Teresa Ribera ha presentado «una base sólida, aunque ciertamente discutible, de su propuesta de inclusión y la ha expuesto detenidamente».
En todo caso, la circunstancia de que la información científica del Miteco pueda ser rebatida por «estudios doctrinales» que algunas comunidades autónomas han aportado durante la tramitación del expediente, no permite concluir «sin más» que la inclusión de todas las poblaciones del lobo carezca de fundamento legítimo.
Si bien, admite que esta abre controversias relativas al cambio del estatuto jurídico de las poblaciones del lobo al norte del Duero dado que las medidas de control pasarán a ser de carácter excepcional.
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