Secciones
Servicios
Destacamos
La Asociación de Constructores y Promotores (ACP) de Cantabria y el partido político Vox tendrán que intervenir bajo la misma representación y defensa en el 'caso Obras Públicas' -el de la supuesta adjudicación de obras en carreteras a cambio de mordidas-. ... Así lo ha decidido la Audiencia Provincial en un auto dictado el pasado 6 de junio, al que ha tenido acceso El Diario Montañés y contra el que no cabe recurso.
Como se recordará, la Asociación de Constructores intentó personarse como acusación particular en el caso, pero la magistrada Mercedes Compostizo desestimó la petición al entender que «carece de la condición de perjudicada en los delitos contra la Administración pública que están siendo investigados, al no ostentar la condición de perjudicada y ofendida directa en los presuntos delitos de prevaricación, cohecho y fraude en la contratación». Fue entonces cuando el colectivo optó por ejercer la acusación popular, para lo que tuvo que depositar una fianza de 4.000 euros, la misma que tuvo que entregar Vox.
Sin embargo, la jueza entendió que «de conformidad a lo establecido en el artículo 113 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ambas tenían que intervenir en las actuaciones bajo una misma dirección y representación, que será la correspondiente a la Asociación de Constructores al ser la primera compareciente en el procedimiento interesando su personación mediante escrito del pasado 2 de marzo».
No contentos con esta decisión, ambas instituciones recurrieron ante la propia jueza, pero rechazó el recurso, con lo que no les quedó otra que recurrir en apelación ante la Audiencia.
Ahora, la Sección Primera vuelve a rechazar los recursos de ambos, confirmando la decisión de la instructora. Y da varias razones. La primera es que comparte la decisión de la jueza para evitar el «riesgo de dilaciones indebidas». «No sólo por los motivos predicables de la procedencia de abreviar en lo posible el periodo de pendencia e incertidumbre propio de la instrucción judicial, sino que a ello se añade la situación de prisión provisional de uno de los investigados que hace singularmente exigible un pronto término de la instrucción».
Tanto los constructores como Vox alegan que no se ha acreditado que se vayan a producir dilaciones como consecuencia de la doble personación. Pero, frente a eso, la Sala apunta que «basta pensar en que cada resolución debería ser notificada a un procurador más, en cada traslado debería aguardarse el plazo y atender a los argumentos de un profesional más, en cada actuación oral tendría oportunidad de preguntar, repreguntar, alegar, protestar, informar un abogado más...».
Por otro lado, el tribunal considera que en este caso dos acusaciones populares, unida a la acusación pública y a otra acusación personada como particular (Gobierno regional), pueden ser calificadas como «excesivas y redundantes» en el ejercicio de la acción penal.
La Sala también se manifiesta sobre la personación por separado de Vox. «La peculiaridad propia de la naturaleza de un partido político no se considera relevante a los efectos de una investigación como la presente de una trama que afecta, al menos inicialmente, al buen funcionamiento de la administración y el interés de esta -y el de toda la sociedad-. Se entiende suficientemente tutelado por las acusaciones obrantes en la causa y no se altera por la personación de las acciones populares con una única dirección procesal».
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
La víctima del crimen de Viana recibió una veintena de puñaladas
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.