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Nuevas reglas. Entrarán en vigor cuando la decisión colegiada sea publicada en el Boletín Oficial del Estado; muy probablemente, antes del fin de semana. Las enésimas desde que el virus entró en nuestras vidas. Y de nuevo, la confusión. Más preguntas que certezas sobre un ... nuevo plan diseñado sobre la marcha y que no incluye un catálogo exhaustivo de situaciones. He aquí algunas preguntas y algunas respuestas:
1. Tengo ya un billete para viajar a Madrid. ¿Puedo ir?
Si el motivo es de ocio, turismo, compras, visitas a amigos o familiares, la respuesta es no. Incluso si el pasaje ya está comprado o si los billetes para El Prado o para la ópera ya están abonados. Solo se podrá entrar a la capital o al resto de municipios confinados por «motivos adecuadamente» justificados: acudir al trabajo o al centro de estudios, asistencia de personas dependientes, trámites inaplazables, motivos médicos... Es conveniente portar documentos que prueben que hay razones para hacer ese viaje.
2. ¿Se suspenden las comunicaciones con la capital?
No. En principio, todos los servicios de transporte se mantienen, aunque algunas compañías podrían reducir la frecuencia de sus conexiones. Una vez en Madrid, el viajero podría ser requerido para que presente la documentación que pruebe que su viaje es por fuerza mayor. También en los puntos de salida de la ciudad la Policía podrá controlar si existen motivos para abandonar la zona confinada.
3. ¿Y si tengo que hacer escala en Madrid?
La normativa no impide las escalas, terrestres o aéreas, en viajes a terceros lugares.
4. Tengo que pasar por Madrid en coche para desplazarme a otro lugar. ¿Puedo?
Sí. Cuando una ciudad esté confinada, la circulación «por carreteras y viales que transcurran o atraviesen los municipios» estará permitida «siempre y cuando tenga origen y destino fuera de los mismos».
5. ¿Y si el confinamiento me pilla en Madrid?
Se permite el «retorno a la residencia habitual». Lo que también es válido en sentido contrario. Si una persona que vive en Madrid o en alguno de los otros diez municipios llamados a ser confinados y está fuera en el inicio de la cuarentena, puede volver cuando quiera. Siempre teniendo en cuenta que no podrá ya marcharse hasta que acabe el confinamiento.
6. Estudio en Madrid pero soy de fuera. ¿Puedo irme a casa?
La normativa no recoge expresamente ese caso. Si la residencia legal consta fuera de la comunidad siempre cabría la salida de la zona confinada por el supuesto de «retorno a la residencia habitual». Y el regreso siempre sería posible arguyendo motivos de estudio.
7. ¿Y si me sorprenden saltándome las nuevas reglas?
Se aplicarán las sanciones que contempla la Ley de Seguridad Ciudadana (más conocida como la 'ley mordaza'). Es decir, el infractor se enfrenta a multas de entre 600 y 600.000 euros, dependiendo de la gravedad del incumplimiento.
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