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NACHO GONZÁLEZ UCELAY
Martes, 9 de febrero 2021, 07:08
El juicio contra la cúpula de Sniace se ha suspendido hasta julio por el contacto estrecho con un positivo covid del abogado del expresidente de la empresa, Blas Mezquita. Al no haber letrado, no hay proceso. Secretaría judicial deberá fijar ahora otra fecha, pero ... no será hasta entrado el verano. Mezquita, los seis consejeros y el jefe de operaciones están acusado de un delito continuado contra los recursos naturales y el medio ambiente cometido presuntamente entre 2008 y 2010, cuando la empresa torrelaveguense -ahora en fase de liquidación- habría efectuado vertidos contaminantes al río Saja-Besaya con el consiguiente riesgo para el ecosistema de la zona.
Enjuiciados por el Juzgado de lo Penal Número 2 de Santander, los ocho procesados en la causa -el expresidente Blas Mezquita, los consejeros Jesús Manuel Zaballa, Manuel Huerta, Julio García, Juan Yago Hernández, Antonio Temes y Víctor Guzmán, y el jefe de operaciones de la empresa, Francisco González Payno- se enfrentan a penas de cárcel que oscilan entre los 16 meses que solicita el Ministerio Fiscal (petición a la que se ha adherido Ecologistas en Acción) y los dos años y seis meses que pide la Abogacía del Estado, así como a multas de 6.000 a 10.200 euros y al pago de una indemnización de 50 millones.
De acuerdo con el escrito de acusación formulado por la Fiscalía, la empresa carecía de autorización para realizar vertidos de las aguas derivadas de su proceso industrial al río Saja-Besaya, ya que la Confederación Hidrográfica del Norte (CHN) le revocó en 2006 la autorización que tenía desde 2002 «por el carácter abusivo de los vertidos que venía realizando».
Por otro lado, explica el fiscal, la empresa obtuvo en 2008 la Autorización Ambiental Integrada (AAI) del Gobierno de Cantabria para poder verter las aguas procedentes del proceso industrial a la ría de San Martín a través de un colector de industriales y únicamente las aguas de refrigeración y pluviales o de escorrentía al río Saja-Besaya.
Sin embargo, añade, este colector de industriales no estuvo en funcionamiento y la empresa, «a sabiendas de que carecía de autorización administrativa para realizar vertidos de las aguas derivadas del proceso industrial en el río Saja-Besaya, de manera continua y reiterada realizó vertidos de dichas aguas, alterándose por ello la calidad de las mismas, no respetándose los parámetros acordados en la AAI».
Como consecuencia de ello, dice, «se vio gravemente afectada la calidad de las aguas del río Besaya», tal y como se desprende de las analíticas realizadas posteriormente por el Instituto Nacional de Toxicología.
Los vertidos relatados, añade, «han perjudicado la calidad de las aguas del río Besaya, generando una situación de riesgo grave para el equilibrio de los sistemas naturales y del ecosistema fluvial en general y provocando unas condiciones inidóneas para la vida de los peces por ausencia de oxígeno».
La Fiscalía, que subraya que «los valores de demanda química de oxígeno y de carbono orgánico total que se desprenden de las analíticas son indicativos de contaminación por materia orgánica», concluye en su escrito que «las concentraciones de sólidos en suspensión que el vertido de Sniace ha provocado influyen en la transparencia del agua, factor decisivo para la claridad y productividad de los ecosistemas, ya que las aguas turbias impiden la penetración de luz y además crean depósitos sobre las plantas y branquias de los peces, favoreciendo la aparición de condiciones anaerobias y alterando la alimentación de determinadas especies piscícolas».
Por todo ello, acusa de un delito medioambiental continuado al que fuera jefe de operaciones, al que apunta como autor material, y al presidente de la compañía y al resto del consejo de administración de Sniace por entender que cometieron este ilícito por omisión.
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