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Santander
Miércoles, 16 de abril 2025, 12:15
La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a dos años de prisión y a pagar una multa de 1.800 euros a un exdirector de ... una sucursal bancaria que persuadió a una antigua cliente para acceder a sus cuentas y, sin conocimiento de la mujer, transfirió 49.910 euros a su cuenta particular.
En una sentencia que no es firme y contra la que cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia, la Sección Tercera le considera autor de un delito de estafa agravada.
El tribunal ha tenido en cuenta la concurrencia de la circunstancia atenuante de la responsabilidad penal de reparación del daño, ya que cuanto fue citado para declarar como investigado, el acusado llevó al juzgado 50.000 euros para devolverle el dinero al heredero de la mujer a la que estafó.
Según los hechos probados que se recogen en la sentencia, el acusado se «prevalió de la avanzada edad y de la relación de confianza» que tenía con una mujer de 89 años, «confianza nacida del hecho de haber sido él, antes de cesar como tal, director de la sucursal bancaria de la que la mujer era cliente».
El hombre «convenció a la misma para que le permitiese acceder a las cuentas bancarias titularidad de ella, siendo él autorizado en las mismas». Así, «utilizando los servicios de la banca en línea» que la mujer no sabía manejar, «con ánimo de obtener un ilícito beneficio y sin que ella supiera nada, realizó cuatro traspasos de dinero a su favor» de 10.000, 20.000, 19.000 y 910 euros.
El dinero permaneció en su poder hasta que dos años después los nietos de la mujer conocieron los traspasos y denunciaron los hechos. La anciana falleció al mes siguiente.
La Audiencia ha considerado probados los hechos a la vista de las cuentas corrientes y los movimientos entre ellas. Además, se rechaza la versión del afectado de que seguía las instrucciones de la mujer.
Para el tribunal, «las declaraciones del propio acusado a lo largo del procedimiento quiebran en extremos relevantes», como, por ejemplo, la finalidad para la que recibió el dinero: en instrucción dijo que era para administrarlo y luego en el juicio manifestó que lo tenía en depósito.
También ofreció distintas versiones acerca de los contactos que mantenía con la mujer: en instrucción dijo que la visitaba todas las semanas y luego en el juicio que la llamaba todos los días, pero desconocía el estado en que se encontraba la mujer que precisó de una cuidadora y que tras una caída tuvo que ser ingresada en el hospital.
Finalmente, manifestó que supo de su fallecimiento cuando su letrado le informó, mientras que una sobrina de la mujer testificó que ella se lo había dicho meses antes.
En definitiva, «la versión del acusado no se sostiene». Y es que «lo realmente sucedido es que el acusado, aprovechando la grandísima confianza (en sus propias palabras) que la mujer depositaba en él y sabiendo que la avanzada edad de esta la impediría efectuar un seguimiento detenido de lo que el acusado estaba haciendo con su dinero, prevaliéndose de la autorización que le había confiado de buena fe, decidió aprovechar la ocasión y mediante esas repetidas y dobles transferencias hizo llegar a su propia y personal cuenta corriente 49.910 euros que eran propiedad exclusiva de la mujer».
El tribunal explica que esta actuación constituye un delito de estafa agravada dado que el acusado se valió de la confianza de la mujer y también de su credibilidad profesional, ya que había sido director de la oficina bancaria de la que era cliente ella.
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