![La Fiscalía se opone a la recusación de Acayro Sánchez contra López del Moral](https://s2.ppllstatics.com/eldiariomontanes/www/multimedia/202105/26/media/cortadas/64734247-k4C-U140489265990WiF-1248x770@Diario%20Montanes.jpg)
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La fiscal superior de Cantabria, Pilar Jiménez, considera que no hay motivos para que el presidente del TSJC y de la Sala de lo Civil y Penal, José Luis López del Moral, tenga que abstenerse de la tramitación de la querella presentada por el Colegio de Abogados de Cantabria y el letrado José María Real contra el magistrado Luis Acayro Sánchez ... , por presunta prevaricación. Y lo que cree así porque entiende que el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria «no tiene interés directo o indirecto en esta causa ni ningún pleito pendiente con Acayro Sánchez», tal y como sostiene el titular del Juzgado de lo Contencioso Nº2, en su incidente de recusación.
Para poner en contexto este asunto hay que remontarse al pasado 12 de abril, cuando el Colegio de Abogados presentó una querella en la que acusa a Acayro de «dictar resoluciones judiciales apartándose del objeto del procedimiento con otra finalidad en perjuicio del denunciante». En concreto, por haber actuado, supuestamente, contra el letrado José María Real, que defendía al Ayuntamiento de Castañeda en una causa por una licencia de obra.
La respuesta del que fuera instructor en Castro Urdiales durante ocho años fue formular un incidente de recusación contra López del Moral, al considerar que «debió abstenerse» en la tramitación de la querella de los abogados porque ambos se encuentran inmersos en un pleito después de que Acayro Sánchez recurriera el pasado 8 de abril -ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que preside César Tolosa- el nombramiento del actual presidente del TSJC, que tuvo lugar el 29 de octubre de 2020, y al que también optó el titular del Juzgado de lo Contencioso Nº2.
Pilar Jiménez | Fiscal Superior de Cantabria
Sin embargo, la fiscal superior señala que en el recurso de Acayro ante el nombramiento de López del Moral «no consta que haya nadie más personado». Por tanto, Jiménez concluye que Acayro «no tiene ningún pleito pendiente con López del Moral, sino con el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), como institución».
Respecto a la segunda causa alegada por Acayro en su recusación, consistente en que López del Moral «tiene interés en el pleito o causa», es decir, en el resultado de la querella de los abogados, la fiscal superior señala que el recurso contra el nombramiento de López del Moral como presidente del TSJC «no se verá afectado por la absolución o condena de Acayro, en el supuesto de que se ejercite acusación (por la querella de los abogados)». «Quien recusa afirma que, de recaer sentencia condenatoria, el proceso de nombramiento de presidente del TSJ de Cantabria se quedaría sin el otro candidato al puesto, pero olvida que el procedimiento tiene la finalidad de que se declare la nulidad de una decisión. Sin perjuicio de que, hipotéticamente, se modificase la resolución adoptada por 18 votos a favor y 2 abstenciones, la decisión conllevaría la nulidad de la resolución, y ello no se vería afectado por el resultado de este proceso penal».
José Luis López del Moral | Presidente del TSJC
En la misma línea que la Fiscalía, López del Moral no admite como ciertas las causas de recusación. En primer lugar, porque «no he mostrado interés en personarme» en el recurso presentado por Acayro contra su nombramiento como presidente del TSJC, con lo que «no existe pleito pendiente» entre ambos.
En segundo lugar, López del Moral señala que carece de interés directo o indirecto en la causa penal contra Acayro, «sin que exista duda sobre mi imparcialidad». «El hecho de que se haya recurrido mi nombramiento no tiene incidencia en esta causa».
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