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Carmen Merino, en una imagen del juicio celebrado el mes pasado. EFE
La Fiscalía no recurrirá la condena de 15 años de cárcel a Carmen Merino
Caso de la decapitación en Castro

La Fiscalía no recurrirá la condena de 15 años de cárcel a Carmen Merino

El Ministerio Público da por buena la sentencia después de que el jurado descartase el asesinato al entender que no queda probada la alevosía

Abel Verano

Santander

Lunes, 12 de diciembre 2022, 17:11

La Fiscalía de Cantabria está conforme con la sentencia que condena a 15 años de cárcel a Carmen Merino por matar a su novio Jesús María Baranda, hecho que fue definido por el jurado popular como un delito de homicidio con la agravante de parentesco. Por eso no presentará recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), según avanzaron ayer a este periódico fuentes del Ministerio Público.

Como se recordará, la Fiscalía solicitaba antes del veredicto del jurado una pena de 25 años de cárcel para la acusada al considerar que era autora de un delito de asesinato con alevosía y con la agravante de parentesco. Sin embargo, los jueces legos descartaron la tesis del fiscal al entender que no quedaba probada la alevosía, que radicaba en una supuesta cantidad elevada de Diazepam suministrada al finado y en que el crimen se cometió en el domicilio de la pareja (dos circunstancias que no han quedado probadas, a su entender). Eso obligó al representante del Ministerio Público a modificar su escrito de conclusiones y reclamar 15 años de cárcel por un delito de homicidio (la pena máxima). De su lado, la acusación particular, que antes del veredicto elevaba su petición de pena hasta la prisión permanente revisable, también modificó su calificación adhiriéndose al de la Fiscalía.

Tras conocerse que la defensa recurrirá la sentencia, queda por saber qué hará la representación legal de los hijos de Jesús Mari, que están «contentos» con la sentencia, «pero ningún tipo penal ni ninguna condena puede paliar el daño y la pérdida de su padre», según traslada su abogada, Ana Quintana. La letrada de la acusación particular cree que la única posibilidad de recurrir radica en discutir la alevosía, un hecho declarado como no probado.

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