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Cantabria es una de las pocas Comunidades Autónomas españolas que aún no tiene promulgada una ley de igualdad entre hombres y mujeres, por lo que ... estos estos días el Consejo de Gobierno ha remediado a este déficit dando luz verde al proyecto de Ley de Cantabria para la ‘Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres’, que ahora seguirá el trámite en el Parlamento.
Se trata de una ley transversal, que persigue fomentar la igualdad en todos los ámbitos: empleo y conciliación; educación en todas sus etapas; sanidad y servicios sociales; cooperación al desarrollo, ocio, deporte, cultura, y juventud; participación social y política de las mujeres; imagen y medios de comunicación, movilidad y desarrollo rural.
Para combatir la brecha salarial–dice la ley– el gobierno pondrá al servicio de la inspección de trabajo los instrumentos y recursos necesarios para controlar y hacer cumplir el principio de igualdad de remuneración entre mujeres y hombres por trabajos de igual valor, así como medidas concretas para evitar el acoso sexual y laboral. ¿Quién puede oponerse a esto? Ahora bien, estos inspectores tendrán que tratar situaciones donde hasta ahora se ha infravalorado factores estructurales hasta ahora poco apreciados en las disparidades salariales entre hombres y mujeres y que no son causadas exclusivamente por razones discriminaciones de género injustificadas. ¿Estarán preparados para ese cometido con matices?
Llama la atención sobre todo en el intitulado de la ley la presencia de la palabra efectiva y hace pensar que lo que se nos quiere decir con ello es que en teoría esos derechos asistían a la mujer sin ser respetados, cuestión que se resolvería con este nuevo dispositivo legal ya que esta ley sobre igualdad, además de ser del orden del principio de justicia y consustancial a nuestro ordenamiento legal y a los principios constitucionales sobre los que se basa nuestra democracia, apura medios nuevos para hacer de la igualdad una realidad (efectiva). ¿Será suficiente?
Nuestro país está desde hace muchos años inmerso en una crisis profunda, una crisis que es a la vez política, institucional y moral. Los ciudadanos ya no confían en los políticos, las instituciones ya no gozan de autoridad, la eficacia de las políticas está siempre en entre dicho porque no se evalúa casi nunca sus resultados. Ante esa desconfianza colectiva, surgen dudas sobre nuestro futuro, por lo que urge dotarse de nuevos medios para una nueva organización de nuestras deliberaciones colectivas.
Con la presente ley el Gobierno se compromete a avanzar en la garantía del ejercicio de los derechos de las mujeres y a avanzar hacia una sociedad más igualitaria y lo haremos de forma transversal, abarcando todos los ámbitos como esta ley transversal contempla, pero nada de todo esto será efectivo si no somos capaces de medir esa efectividad.
Mucho nos hace temer que los contenidos de esta ley no hayan sido precedidos por la elaboración de un diagnóstico mucho más certero y menos principista, ya que carece de nuevos medios reales para la igualdad profesional y una mejor articulación al mismo tiempo de los ritmos de la vida en los hogares, la educación de los hijos etc., y son solo unos ejemplos, hay más. Ahí los sindicatos tenían mucho que aportar pero no han sido lo suficientemente puestos a contribución en el proceso de elaboración de esta ley, como tampoco ha sido implicada la patronal (CEOE) que mucho tiene que decir para que las relaciones laborales se pongan a favor de esa deseada Igualdad.
Se echan de menos medidas concretas (igual porque suponen cifras concretas) como por ejemplo la garantía publica ante los impagados de las pensiones alimentarias, con el fin de mejorar la condición de numerosas mujeres que crían solas a sus hijos sin ayuda del ex cónyuge.
Una vez nos vemos obligados de resaltar la ausencia radical de la obligación en la ley de evaluar sus efectos. Lo que nos lleva a interrogarnos sobre qué es lo que se ha querido decir cuando en su título se decía que era una ley efectiva. O que se entiende por igualdad efectiva. ¿Cómo se va a llevar a cabo el seguimiento de esta ley en términos de efectividad, así como su eficacia y su eficiencia?
La hegemonía cultural del feminismo cubre todo el espectro del campo social, que esta ley refleja plenamente, en tanto que heredero lejano de los movimientos de emancipación es a la imagen del neoliberalismo, una ideología hábil para desarmar la contradicción mediante la agitación repetida de algunas falsas evidencias.
Esperemos por lo tanto que el propósito no haya sido ante todo efectista, porque no nos cansaremos de repetirlo, una ley es papel mojado si no se auto exige la obligación de evaluarse. Como tampoco vale una ley que no cuantifica los medios que requiere su aplicación, su coste.
La práctica legislativa moderna, al menos en los países de larga tradición democrática, articulan sus procesos de producción de leyes sobre estas dos bases. La ley que se vota cuesta y la vara de medir sus resultados está después. Todo claro y limpio. Sin estos dos criterios, la ley deja de ser sostenible, porque legislar a crédito y a ciegas trae luego desagradables sorpresas. Ambas cuestiones, su coste y su evaluación, de las que de momento el proyecto que el ejecutivo ha llevado al legislativo, no dice ni pio.
Esperemos que este último sepa estar a la altura de las circunstancias.
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Ana del Castillo
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