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Ana del Castillo
Santander
Jueves, 18 de febrero 2021, 11:36
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha respaldado por quinta vez la decisión del Gobierno de Cantabria de cerrar el interior de los locales de hostelería para paliar la curva de contagios y controlar la pandemia en la comunidad autónoma desestimando la demanda ... presentada el pasado 15 de febrero por los hosteleros.
La Asociación de Hostelería de Cantabria (AEHC), tras conocer el auto del magistrado Luis Ángel Garrido, que ordenó reabrir los bares y restaurantes en la denominada zona roja de covid-19 en el País Vasco (la de mayor incidencia y contagios), decidió presentar su quinta demanda contra el Ejecutivo cántabro por la prórroga de la prohibición de abrir el interior de los locales.
La AEHC esperaba que la justicia cántabra estimara esta vez «flexibilizar» las restricciones, aunque en las cuatro ocasiones anteriores el Tribunal diera la razón al Gobierno regional.
Una vez presentado el recurso contencioso-administrativo contra la resolución del consejero de Sanidad, el Tribunal emplazó a la consejería de Sanidad a que respondiera a la demanda de los hosteleros antes de resolver. Pues bien, la documentación aportada por el Gobierno de Cantabria para mantener las restricciones que afectan al interior de los negocios de hostelería -vigentes desde noviembre- ha convencido una vez más a los jueces, que han fallado a favor de Sanidad.
El letrado de los servicios jurídicos del Ejecutivo cántabro expuso en esa documentación que es la autoridad sanitaria la que debe valorar el cierre de las zonas interiores de los establecimientos y, en su defecto, reducir los aforos al mínimo posible y prohibir el consumo en barra, «todo ello a la vista de los indicadores de la situación epidemiológica que en estos momentos se mantiene en niveles extremos».
En el auto emitido este jueves, el Tribunal explica que la situación en Cantabria no puede compararse con la del País Vasco porque se valora «una situación distinta» a la existente en la región, donde las zonas interiores de los establecimientos llevan un largo periodo cerradas, pero no las terrazas de dichos locales, «y no se obtiene de ninguna manera la conclusión que obtiene la sala vasca de que la apertura de establecimientos no fuese causa del aumento de contagios».
El TSJC indica que «en este contexto de pandemia y considerando el potencial expansivo y el grado de letalidad del virus, el principio de precaución despliega toda su virtualidad, de tal manera que hay que contar con cualquier instrumento que sea razonablemente útil y, obviamente, no perjudique la salud que se trata de preservar».
Además, la sala entiende que en la balanza simbólica de la ponderación está, por un lado, el interés general sanitario, la funcionalidad del sistema público de salud, el derecho a la salud de las personas y su derecho a la vida, y en el otro, los intereses económicos del sector representado por la AEHC. «Y esos intereses generales y derechos (como la vida, que es el derecho por excelencia: el presupuesto de todos los demás) no se traen a la ponderación de modo abstracto o arbitrariamente». La resolución, como todas las otras que le han precedido, expresa motivos referentes a la evolución de la pandemia, sobre lo que incide negativamente también la circulación de una nueva cepa del virus de mayor capacidad de contagio «que no debe ser obviada».
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En el auto no se imponen las costas a Hostelería ante la existencia de distintas resoluciones en los tribunales superiores de justicia dependiendo de la particular situación epidemiológica que provoca la existencia de las dudas de derecho que el precepto contempla como razón para su imposición.
El auto puede ser impugnado a través de un recurso de reposición ante el mismo órgano judicial den el plazo de cinco días desde su notificación.
Al consejero de Sanidad, Miguel Rodríguez, el auto de este jueves le da «tranquilidad», sobre todo por los fundamentos «muy sólidos» en los que se basa, poniendo «el derecho a la vida y a la salud por encima de cualquier otra cuestión».
Aunque su departamento «no tenía dudas» sobre en qué línea podría ir el tribunal, la decisión hecha pública hoy le da cierta «tranquilidad» porque «siempre hay pronunciamientos judiciales que pueden sorprender».
miguel rodríguez | consejero de sanidad
Rodríguez ha subrayado parte de la resolución. En concreto, donde se hace una referencia «muy buena» a la Ley de Salud Pública: «Si hay evidencia de que algo puede perjudicar la salud, se pueden tomar las medidas que se consideren necesarias para proteger a los ciudadanos». «En ese sentido, agradecemos el pronunciamiento del TSJC», ha dicho el consejero.
Sobre esa última -y polémica- prórroga 14 días más del cierre del interior de la hostelería, Rodríguez ha asegurado que le «encantaría» que pudiera ser «la última». Sin embargo, serán los parámetros sanitarios los que encaminen a la consejería a adoptar prorrogar una vez más esa medida o a flexibilizarla. Eso sí, el compromiso de su departamento es revisar la medida cuando la comunidad alcance el nivel de alerta dos (ahora está en el 3).
En la otra cara de la moneda están los hosteleros, a quienes les ha sentado como un jarro de agua fría la decisión de los jueces, porque tras ver a sus colegas del País Vasco congratularse por ganar la batalla en los tribunales -los únicos que lo han conseguido en toda España-, ellos vuelven a perder por quinta vez.
ángel cuevas | presidente de la AEHC
Supone una «mala noticia» y «un disgusto importante» para el sector, ha dicho esta mañana el presidente de la Asociación Empresarial de Hostelería de Cantabria, Ángel Cuevas, quien ha reiterado que los hosteleros están «afectadísimos» por las restricciones impuestas en la comunidad autónoma y que, en esta ocasión, estaban «esperanzados» en poder obtener el respaldo de los jueces.
¿Cuál va a ser el siguiente paso que dará la AEHC? Con el sector desmoralizado, por el momento, no hay nuevas medidas a la vista, aunque la Junta Directiva de la asociación tiene planteado reunirse «próximamente» para analizar la decisión del Tribunal Superior.
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