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El Juzgado de Instrucción número 4 de Santander ha decretado el sobreseimiento provisional y el consiguiente archivo de la causa que se cernía sobre los supuestos pagos irregulares de la Junta Vecinal de Escobedo al club de fútbol local y que investigaba a la alcaldesa de Camargo, Esther Bolado (PSOE) ... -en su etapa anterior como presidenta de la Junta-, por un posible delito de prevaricación y otro de malversación de caudales públicos. En el auto, al que ha tenido acceso El Diario Montañés, el magistrado determina que «no resulta debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa», ya que, entre otras consideraciones, no ha existido «ninguna modalidad de distracción de fondos públicos o de aplicación de fondos fines públicos o privados que no fueran los propios de la subvención».
La actuación judicial se inició a petición de la Fiscalía, tras los hechos que trasladaron los actuales dirigentes de Escobedo (PP), contra la anterior presidenta, que ocupó el cargo de 2011 a 2016, y el extesorero, José Luis Merino, también presidente del citado club de fútbol (la Unión Montañesa), organismo al que se transfirieron más de 177.542 euros entre los años 2007 y 2019 en concepto de subvenciones pero, como recogía la denuncia, sin que mediara acuerdo expreso.
Este proceso, que se ha venido prolongando a lo largo del tiempo y en el que también se ha visto envuelta la también expresidenta del organismo local Marián Vía -actual concejal en el Ayuntamiento camargués-, queda archivado en un fallo emitido el pasado 1 de marzo y que ha tardado en ser notificado debido a la huelga de los Letrados de la Administración de Justicia.
En el fallo, el magistrado da por buenos los certificados aportados por la defensa que hacen referencia a la aprobación de los presupuestos de los años 2009 a 2013 y a las sesiones de la Junta Vecinal en donde se aprueban la cuenta general, los presupuestos así como una memoria explicativa en donde viene recogida la subvención a la Unión Montañesa entre los años 2011 a 2013. De hecho, considera que, por ello, «no se puede sostener en forma alguna que no se celebraban juntas para la aprobación de los presupuestos o que en ellas no se aprobaba la subvención para el mencionado club de fútbol». Documentos que, además, reflejan que las «subvenciones se incluían en los presupuestos anuales, que se aprobaban en juntas en donde existía oposición, que se abstenía, y posteriormente se publicaban provisional y definitivamente».
Asimismo, el juez da por probado que la Unión Montañesa recibió una serie de cantidades entre esos años y que acreditó «el buen fin de las citadas subvenciones, aportando justificantes del destino del efectivo».
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