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E. Press
Santander
Miércoles, 18 de diciembre 2019, 07:34
El Juzgado de Instrucción nº 4 de Santander ha condenado a una pareja por un delito leve de usurpación, por ocupar la antigua vivienda de ella, de la que fue desahuciada en 2011 por una ejecución hipotecaria. El juez Luis Enrique García Delgado, les aplica ... la eximente de estado de necesidad y critica la «inacción» de la Oficina de Emergencia Habitacional del Gobierno de Cantabria en este caso «pese a la situación de vulnerabilidad» de los denunciados.
La sentencia, fechada el 12 de diciembre y consultada por Europa Press, señala que la «Administración autonómica es quien debe proporcionar una vivienda digna y no lo hace pese a que los denunciados tienen tres hijos pequeños».
El juez señala que la Oficina de Emergencia Habitacional también cubre a «personas sobreendeudadas de buena fe que carezcan de recursos suficientes para hacer frente al pago de sus deudas o se encuentran en riesgo inminente de serlo en virtud de orden judicial o venta extrajudicial, situación en la que se encuentran los denunciados, pues si bien ahora ocuparon la vivienda, tal situación deriva de una previa ejecución hipotecaria».
«No es admisible por ello que ahora se le diga a Carolina que no entra en esos parámetros por haber tenido que ocupar la vivienda», añade el juez en su fallo, en el que señala que «no es de recibo la inacción de la Oficina de Emergencia Habitacional llamada a hacer efectivo el derecho consagrado en el art. 47 CE, pese a la situación de vulnerabilidad de los denunciados».
Situación de vulnerabilidad de la que -añade- «no puede ser pechecha la propiedad, que no tiene ninguna obligación de constituir un contrato en régimen de alquiler social, siendo las administraciones las obligadas a garantizar el mencionado derecho constitucional».
No obstante, la sentencia añade que la pareja no ha acreditado que no disponga de ninguna otra alternativa legítima, por lo que la apreciación del estado de necesidad no puede ser sino incompleto, y justificado sobre todo en la inacción de la administración».
El juez condena a la pareja a una multa de 60 euros cada uno por un delito leve de usurpación con la eximente incompleta de estado de necesidad, y a desalojar de inmediato la vivienda, sita en Astillero.
Carolina Cañizo, que es miembro de la PAH Santander, fue denunciada por Global Berbice, «el fondo buitre del que Liberbank essocio». Según explica la plataforma, se hipotecó con Liberbank durante la «burbuja inmobiliaria» y tuvo que abandonar la vivienda voluntariamente en 2011 a merced de una ejecución hipotecaria.
En 2013 y «ante la desesperada situación económica que padecía volvió a ocupar el inmueble, vacío desde hacía dos años, entrando con sus propias llaves».
La PAH señala que la Administración pública de Cantabria con competencias en materia de vivienda, como es la Dirección General de Vivienda, debe velar por la satisfacción y protección del derecho subjetivo a una vivienda digna y adecuada, cumplir con el art. 47 de la Constitución «y prestar especial atención a los colectivos en situación o riesgo de exclusión social como es el caso de Carolina y sus hijos menores y no favorecer de forma implícita con su comportamiento a entidades bancarias como Liberbank y sus fondosbuitres, que están provocando una cascada de desahucios en Cantabria».
La PAH señala en un comunicado de prensa que «seguirá luchando porque apruebe de manera urgente una Ley que garantice y reconozca el derecho subjetivo y el carácter social de la vivienda, que implemente mecanismos para que se cree un parque público de vivienda, que combata la pobreza energética y, sobre todo, que elimine la exclusión social».
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