![Un juez falla que la Sociedad Regional de Cultura contrató a guías y monitores «indebidamente»](https://s2.ppllstatics.com/eldiariomontanes/www/multimedia/2024/03/20/palacio-k1dF-U2101872727436ggD-1200x840@Diario%20Montanes.jpg)
![Un juez falla que la Sociedad Regional de Cultura contrató a guías y monitores «indebidamente»](https://s2.ppllstatics.com/eldiariomontanes/www/multimedia/2024/03/20/palacio-k1dF-U2101872727436ggD-1200x840@Diario%20Montanes.jpg)
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La Sociedad Regional de Cultura y Deporte contrató «indebidamente» a guías y monitores al no hacer un uso correcto de las bolsas de empleo durante la pasada legislatura, bajo la dirección del PSOE, según una sentencia del Juzgado de lo Social nº 4 de Santander ... fechada este mismo mes. El juez da así la razón a UGT en un conflicto laboral abierto desde 2020 con esta empresa pública del Gobierno de Cantabria con sede en el Palacio de Festivales.
El fallo al que ha tenido acceso El Diario Montañés dictamina que la Sociedad de Cultura «no ha respetado la debida tramitación de procedimientos de competencia, con respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad».
En concreto, el juez se refiere a la contratación de guías culturales y monitores-educadores para museos y cuevas en enero y abril del año pasado a través del Servicio Cántabro de Empleo (Emcan), sin acudir a las bolsas de trabajo que, por ley, debe tener la empresa pública.
La empresa argumentó que ante la «falta de personal para cubrir las necesidades» acudió al Emcan para hacer contrataciones directas «de forma temporal durante la temporada alta». Una situación «excepcional» y por necesidades «urgentes e inaplazables» por las que la normativa le permite saltarse las bolsas de empleo, según su defensa.
Sin embargo, el juez no se muestra de acuerdo y, al igual que UGT, no considera «excepcional» la necesidad de la empresa pública de contar con guías, auxiliares de espectáculos y monitores, ya que «son actividades permanentes dentro de la sociedad, de manera que no concurren razones urgentes e inaplazables, sino la actividad normal de la empresa».
Por tanto, el magistrado declara nulas las ofertas de empleo tramitadas por la Sociedad Regional de Cultura durante 2023 a través del Emcan. «Tienen la obligación de contratar a través de las bolsas de empleo legalmente constituidas o mediante procesos de convocatoria pública», subraya la sentencia. Además, la Sociedad deberá pagar 7.500 euros a UGT por «vulnerar la libertad sindical» al no celebrar reuniones periódicas para el seguimiento de las bolsas de empleo.
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