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En diciembre de 2021 se hablaba de la irrupción de Ómicron y de la posibilidad o no de hacer cotillones. Antes de las vacaciones había 126 clases confinadas y se discutía por las restricciones. Al hilo de buena parte de esos temas, la ... Asociación de Hostelería y Sanidad mantenían un duelo permanente en los tribunales. Medidas y recursos en cadena. Ahora, más allá de que en su momento se avalaran o se desestimaran medidas cautelares, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha resuelto dos de esos asuntos. Uno sobre el horario del ocio nocturno y otro en torno a las medidas sanitarias que, en su conjunto, suponía el semáforo covid. La clave de las dos sentencias –que cuentan con votos particulares– es que, según explican desde Hostelería, el entonces consejero de Sanidad «no tenía competencia para dictar disposiciones generales dirigidas a la totalidad de la población de Cantabria en materia de derechos y libertades». Y que, por extensión, sus decisiones (y restricciones) son nulas. ¿Esto tiene consecuencias? Hostelería cree que sí. En las multas que se impusieron a los negocios y en las reclamaciones patrimoniales que se presentaron (más de cien). Queda, eso sí, que decida el Tribunal Supremo, que ya tiene el asunto sobre la mesa.
Los servicios jurídicos de Hostelería explicaban este martes a este periódico que, en el momento de presentar estos recursos atendieron a los planteamientos más recientes de los jueces. Se basaron, por ejemplo, en las sentencias dictadas en julio y en octubre de 2021 por el Tribunal Constitucional que anulaban algunos aspectos de los estados de alarma. Sobre todo, lo relativo a las competencias para tomar determinadas medidas.
Ahí centraron su estrategia para una tanda de recursos que ahora se han ido resolviendo. Dos sentencias anteriores del TSJC ya les dieron la razón. Sanidad recurrió y el asunto está en manos del Supremo. Ahora llegan estas otras dos sentencias y Hostelería da por confirmada su teoría, a la espera de que el alto tribunal lo ratifique. Que Miguel Rodríguez (el consejero que dimitió de su cargo meses después) no tenía competencias para algunas de las decisiones que firmó. Que las resoluciones («más de cincuenta») no tenían efecto. Que no valían.
Se basan en afirmaciones presentes en las sentencias como esta: «Si ni siquiera era posible la delegación a favor del Ministerio de Sanidad al quedar huérfano de control parlamentario –según recoge el Constitucional–, menos aún a favor de una comunidad autónoma y ésta, en virtud de dicha delegación, a favor de su consejero». Con esto, dicen, sólo queda esperar al Supremo.
Porque todo indica –aunque este martes optaran por no hacer valoraciones– que Sanidad recurrirá la medida. Se agarrarán a que existen dudas de peso. Hay, de hecho, votos particulares en las dos sentencias e, incluso, amparándose en esas dudas, el TSJC no impone costas a las partes en su decisión.
«Se está viendo ahora el resultado de toda nuestra lucha durante estos dos últimos años. En los despachos no conseguimos absolutamente nada. Salvo por el aire fresco que se produjo con la entrada de Marcano, nos hartamos de pedir y celebrar reuniones que no sirvieron para nada. Todo llegó a través de los tribunales y esto confirma que teníamos razón cuando decíamos que el consejero de Sanidad no tenía competencias para hacer lo que hacía», relataba este martes un eufórico Ángel Cuevas.
Más allá de razones, la clave a partir de ahora está en saber si todo esto tendrá consecuencias prácticas. Y Cuevas cree que sí. «Las multas que se impusieron a los negocios de hostelería se pueden venir abajo». Será, dice, sencillo recurrirlas y ganar si la decisión del Supremo va en la línea de la del TSJC. Pero eso puede ser una minucia si se compara con el dinero que hay en juego con las «reclamaciones patrimoniales» que los hosteleros presentaron ante Sanidad.
Una acción que en su momento pareció más simbólica que otra cosa –se presentaron más de cien reclamaciones ante el llamamiento que hizo la asociación–, puede cobrar ahora mucho más sentido. «Habrá más facilidad para cobrarlas, se está allanando el camino». Y ojo al dinero que se reclama. «Se pedía en algunos casos la diferencia entre lo ingresado entre 2019 y 2021». Para el caso de bares de tamaño reducido, las cifras medidas «andan por los 20.000 euros». Pero hay establecimientos grandes que reclamaron» cantidades de 200.000 y hasta de 300.000 euros».
Además, desde los servicios jurídicos del colectivo apuntan que «todavía están en plazo para presentar esas reclamaciones».
A pesar de que las restricciones sanitarias son ya un mal recuerdo para todos, la Consejería de Sanidad y la Asociación Empresarial de Hostelería de Cantabria (AEHC) aún siguen inmersos en esa batalla judicial que arrancó en el verano de 2020, hace ya dos años, cuando entraron en vigor las primeras medidas específicas que afectaron a este sector.
Desde ese momento y hasta finales del pasado 2021, los hosteleros han recurrido cada una de las numerosas resoluciones que han limitado el desarrollo de su actividad. El cierre del ocio nocturno y del interior de los establecimientos, junto a la limitación horaria, han sido las restricciones sobre las que ha estribado la batalla judicial entre el departamento que dirigía entonces Miguel Rodríguez y el colectivo que preside Ángel Cuevas.
Si hacemos un balance, durante ese año y medio de restricciones los jueces han avalado la mayoría de medidas de la Consejería de Sanidad. Un ejemplo: hasta siete recursos tuvieron que presentar los hosteleros, desde noviembre de 2020 a mayo de 2021, para que los jueces ordenaran a Sanidad relajar las restricciones. A partir de ese momento, la Sala de lo Contencioso –encargada de resolver estos asuntos– estimó varios recursos de la hostelería al entender que la situación sanitaria no era tan crítica como para establecer ciertas medidas. Pero ese posicionamiento fue girando en función de la evolución de la pandemia.
El verano pasado se recordará por el caos normativo en el que se sumió Cantabria ante los continuas resoluciones anuladas por los tribunales, llegando a su cenit en vísperas de fin de año con la anulación de los cotillones.
Ahora, esta misma Sala ha establecido un nuevo criterio, en base a la inconstitucionalidad de los dos estados de alarma, y está anulando algunas de esas resoluciones de Sanidad –las recurridas por los hosteleros– al entender que el consejero de Sanidad no tenía autoridad para acordar esas restricciones. Sin embargo, esta particular batalla no acabará hasta que el Tribunal Supremo diga la última palabra.
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