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NACHO GONZÁLEZ UCELAY
Santander
Miércoles, 3 de marzo 2021, 06:54
El presidente de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, César Tolosa, aseguró este martes que la pandemia del coronavirus «nos ha demostrado que la legislación sanitaria de emergencia que tenemos hoy en nuestro país es obsoleta y resulta poco eficaz». Sería un acierto, ... dice el juez, que «nos planteáramos seriamente modificarla».
Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria entre los años 2004 y 2014, Tolosa, que a pesar de su marcha mantiene fuertes vínculos con la región, se pronunció en estos términos a las puertas virtuales del Colegio de Médicos de Cantabria, donde ofreció una muy interesante conferencia telemática en la que disertó acerca de los problemas legales que plantea el proceso de vacunación.
Antes de ponerlos de relieve en una charla emitida por streaming y derivada luego al debate, Tolosa dijo que en su intervención iba a tratar de dejar claro «lo que se pueda dejar claro» en un escenario en el que flota la inseguridad jurídica.
César Tolosa | Tribunal Supremo
«Si algo nos ha demostrado esta pandemia es que la legislación sanitaria de emergencia que tenemos hoy en nuestro país es obsoleta y resulta poco eficaz», subraya el juez, que se explica: «Cuando esas normas se redactaron no fue pensando en una situación como la que estamos viviendo sino pensando en otras». Esto, continúa el magistrado, «ha provocado que ahora los jueces nos veamos aplicando a la situación que estamos viviendo hoy normas que estaban concebidas para ser aplicadas en otras situaciones diferentes».
Tolosa, que asegura que esto «nos obliga a los jueces a realizar una labor interpretativa que a veces resulta muy complicada», dice que en España existen hoy muchas interrogantes jurídicas «que no existirían si contára- mos con una legislación sanitaria actualizada».
En este sentido, afirma el juez, «el único instrumento válido ha sido el estado de alarma... Pero es que el estado de alarma no es una herramienta que esté prevista para ser aplicada específicamente en situaciones de emergencia sanitaria», puntualiza. «Yo me refiero a aquellas pro- pias de la legislación sanitaria», que, en opinión del magistrado, «debería ser revisada y modificada para adaptarla a la realidad del momento».
Expuesta su conclusión acerca de la legislación y la sanidad en estos tiempos de coronavirus, el juez Tolosa se asomó entonces a la ventana virtual abierta por el Colegio de Médicos de Cantabria para poner encima de la mesa los problemas jurídicos que afectan al proceso de vacunación y que él abordó desde planos distintos pero defendiendo siempre la capacidad normativa para poder hacerlos frente.
Comenzó su charla el juez hablando de la vacunación obligatoria y de lo que dicen las leyes sobre su interferencia en determinados derechos fundamentales reconocidos en la Constitución española.
Para empezar, Tolosa aclaró que la adopción de esta medida «no corresponde a los juristas sino a los poderes públicos», que a ellos tan solo les compete «decidir si en el caso de que esos poderes públicos se decantaran por implantar la vacunación obligatoria, ese modelo tendría o no encaje en nuestro ordenamiento jurídico».
Teniendo en cuenta que la inmensa mayoría de los españoles abogan por inyectarse la vacuna, el magistrado cree que la aplicación de ese modelo siquiera se estudiará. Pero, si se diera el caso, es decir, si por alguna razón se produjera una resistencia general a la inoculación de las soluciones, entonces podrían abrirse diversas vías.
«La vacunación en España es hoy de carácter voluntario. Nadie está obligado legalmente a vacunarse contra su voluntad. No busquen porque en España no van a encontrar una ley que obligue a nadie a vacunarse», insistió en varias ocasiones el juez, que, dicho esto, recordó que las autoridades tienen a su alcance «técnicas y mecanismos legales» que pueden hacer obligatorio algo que es voluntario.
«Ya estamos viendo que en algunos países se están desarrollando diferentes técnicas para conseguir que la vacunación de la población sea generalizada». Técnicas positivas, como por ejemplo las que aplica Australia, «donde están incentivando a los ciudadanos ofreciéndoles ciertas ventajas fiscales a cambio de que se vacunen»; o negativas, como por ejemplo las que aplican muchos países de Europa, «donde están planteando impedir que los ciudadanos que decidan que no se quieren vacunar puedan acceder a unos determinados servicios».
Esto anterior en cuanto a las 'técnicas'. Luego están los 'mecanismos legales'.
«En el caso de que el legislador propusiera un cambio de estrategia y optara por imponer la obligatoriedad de la vacunación, entonces nosotros, los juristas, tendríamos que ver de qué armas disponemos para dar respaldo legal a esa decisión», dijo Tolosa, que en su intervención enumeró algunos textos a los que habría que agarrarse.
Además, el juez, que admitió que durante el confinamiento «se produjeron decisiones altamente contradictorias entre los tribunales españoles», se refirió también a aquellos casos en los que se puede producir la negativa a vacunarse de personas que no pueden decidir por sí mismas por carecer de capacidad suficiente y, también, a las responsabilidades penales derivadas de los efectos adversos que pudiera causar la vacuna.
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