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Vista panorámica de los Picos de Europa Alberto Aja

Manual de instrucciones de los Picos de Europa

El Parque Nacional pone sobre la mesa el Plan Rector de Uso y Gestión del espacio

Nacho González Ucelay

Santander

Lunes, 21 de enero 2019, 07:15

El Gobierno de Cantabria sacará próximamente a información pública el borrador del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa, un manual de instrucciones para la utilización de este espacio natural al que los expertos apodan 'Prug' y que una vez vea la luz, si la ve, rescatará a uno de los lugares protegidos más complejos que existen en la Red de Parques Nacionales del limbo legal al que se precipitó hace trece años.

La aprobación de este borrador, elaborado a partir de un proceso de participación pública sin precedentes en un documento de este tipo, vendrá a culminar el intenso trabajo administrativo iniciado en 2005 por las tres comunidades autónomas que comparten ese territorio -Cantabria, Castilla y León y Asturias- después de que el Tribunal Supremo suspendiera el plan entonces en vigor por no incluir en su reglamento un régimen económico y de compensación.

LO QUE HAY QUE SABER

  • 1 Vigencia. El Plan Rector de Uso y Gestión del Parque tendrá una vigencia de diez años desde su entrada en vigor, que, si los trámites no se retrasan, está prevista para 2020.

  • 2 Estimación económica. Los redactores del borrador estiman que los costes e inversiones derivadas del desarrollo del documento normativo será de 19.063.000 euros.

  • 3 Extensión. El modelo calcula que el territorio cántabro dentro del parque nacional abarca 15.024 hectáreas de terreno, la mayoría de uso restringido o de uso moderado.

  • 4 Zonificación. El territorio se distribuye en zonas de reserva (1), uso restringido (9), uso moderado (5), uso especial (8) y, por último, asentamiento tradicional (2).

  • 5 Alpinismo. Las actividades de senderismo, montañismo y escalada son, de largo, los principales reclamos del segundo parque más visitado de España (2 millones de personas al año).

  • 6 Ganadería. El borrador declara la ganadería extensiva una actividad fundamental no sólo compatible sino necesaria por su gran importancia económica y social.

  • 7 Gestión forestal. Los objetivos pasan por la protección, la conservación, la gestión de hábitats de especial interés comunitario y la regeneración de los ecosistemas naturales.

  • 8 Control de la fauna. Se realizarán controles selectivos cuando existan pruebas suficientes de que la proliferación de la especie causa daños a otras o a las comunidades.

Dotado, ahora sí, de una propuesta económica adecuada, con inversiones reales y partidas concretas, el 'Prug', una herramienta indispensable para el adecuado uso del parque, será observado como la biblia de los Picos de Europa.

El 'Prug' dirá qué se puede hacer y qué no; dónde, cuándo, cómo, quién y en qué condiciones

Como tal, el texto normativo lleva impresas las reglas de zonificación, gestión y actuación precisas para la consecución de los objetivos que se marca el Parque Nacional en aspectos tales como el uso público, la conservación, los aprovechamientos, el desarrollo socioeconómico o la investigación, entre otros. También define las líneas de inversión que determinarán las actuaciones a realizar en el tiempo de su vigencia y los instrumentos para ejecutarlas, así como los parámetros e indicadores que habrán de utilizarse para realizar el seguimiento y la evaluación del estado de conservación de tan singular enclave.

Dicho de otra manera, el 'Prug' dirá qué se puede hacer y qué no, dónde, cuándo, cómo, quién, por qué, en qué condiciones y bajo qué circunstancias.

Empieza por el dónde, clasificando cada hectárea dentro de uno de los cinco órdenes siguientes: reserva, uso restringido, uso moderado, uso especial y asentamiento tradicional.

En este sentido, el texto normativo, que confiere 15.024 hectáreas a la vertiente cántabra de los Picos, califica como zona de reserva, o sea, sellada al paso de cualquier persona salvo con fines científicos o de gestión, las 0,03 hectáreas que ocupa el llamado Helero del Trasllambrión, un nevero extremadamente singular al que, por eso, se le concede la máxima protección.

De una extensión mucho mayor, las zonas de uso restringido interesan a nueve áreas de los municipios de Camaleño, Cillorigo de Liébana y Tresviso: Salvorón, Macizo central cántabro, Cumbres Avenas, Macizo oriental cántabro, Valdediezma, Lagos de Lloroza, Pozón de Ándara, Pozu Lláu y Complejo de turberas del Resaláu. En estos lugares, que abarcan una superficie total de 7.729 hectáreas, el acceso público se permite únicamente por los senderos autorizados.

Existen otras cinco zonas clasificadas como de uso moderado -Áliva, Camaleño oriental y occidental, Cillorigo de Liébana y Tesviso- que ocupan 7.136 hectáreas de terreno en las que se pretende facilitar el acceso a los ciudadanos y favorecer el ejercicio de determinadas actividades tradicionales identificadas como consustanciales con la conservación de los propios recursos naturales y culturales del parque.

Alberto Aja

Además, el 'Prug' identifica también otras ocho zonas de uso especial, que son aquellas en las que se asientan las construcciones y los servicios esenciales para la administración del parque y de los visitantes. A saber, El Cable de Fuente Dé, la antena de telefonía de El Cable, la central eléctrica del río Urdón, la tubería desagüe de la misma central, Urdón, Urdón-Obesón y las carreteras comarcales CA-1 y CA-158 que conducen, de forma respectiva, de Sotres hasta Tresviso y de Potes hasta Fuente Dé.

«No se puede condenar a los habitantes del parque a vivir en condiciones prehistóricas», admiten los redactores

Consideradas como zonas de asentamiento tradicional, las localidades de Tresviso y Fuente Dé, donde el acceso publico peatonal y el tránsito de vehículos motorizados y artefactos mecánicos por pistas y caminos es libre, completan la zonificación por lo que a la comunidad autónoma respecta.

Los usos

Clasificado cada palmo de terreno, el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa ahonda en los usos y aprovechamientos de tan vasta superficie recalcando con claridad meridiana cuales son las normas por las que se rigen las actividades que están autorizadas en el recinto.

Antes, incide en las que no lo están por ser incompatibles con la protección de la atmósfera, el suelo, el agua, la flora y la fauna, el paisaje y el patrimonio cultural tanto material como inmaterial.

Así, el documento incorpora las reglas del uso turístico-recreativo que se hace del parque nacional, y de todas las prácticas permitidas: actividades acuáticas y subacuáticas, rutas ecuestres, espeleología, vivaqueo, acampada y pernocta, competiciones deportivas, fiestas... y, por supuesto, senderismo, montañismo y escalada, que son, de largo, los grandes reclamos del segundo parque más visitado de España, al que anualmente se acercan casi dos millones de personas.

Alberto Aja

En este ámbito, el del alpinismo, el 'Prug' también traza sobre el mapa todas aquellas áreas en las que está autorizado, restringido o prohibido destacando la importancia que los efectos de esta actividad tienen sobre el medio natural.

De igual manera, contempla la regulación de otros usos como la construcción y el mantenimiento de infraestructuras e instalaciones, las actividades de monitores, guías, instructores y empresas de interpretación ambiental y turismo activo con fines comerciales, las actividades de hostelería, las actividades audiovisuales y de observación, las actividades de voluntariado, el sobrevuelo, las prácticas militares, la apicultura y los aprovechamientos vecinales.

Capítulo a parte dedica el 'Prug' a esos otros usos que, a diferencia de los descritos anteriormente, que califica como «no necesarios», son «necesarios» para la conservación del parque.

En este apartado se refiere a los aprovechamientos agroganaderos, declarando la ganadería extensiva «una actividad fundamental» no sólo compatible sino necesaria por su importancia económica y social y por su papel en la configuración del paisaje actual y en la conservación de la biodiversidad.

También alude al ámbito forestal, cuyo objetivo pasa por la protección, la conservación, la gestión de hábitats de especies de interés comunitario, la regeneración de los ecosistemas naturales y la prevención de los incendios.

Control de la fauna

Además, se refiere específicamente al control poblacional de fauna, que considera necesario para la conservación del parque nacional, la gestión de las poblaciones y la seguridad de las personas y sus bienes. Sobre esto, el borrador precisa que cualquier actuación a este respecto se podrá llevar a cabo únicamente «cuando existan pruebas suficientes de que la proliferación de la especie causa daños significativos a otras, a comunidades o a valores reconocidos como tales».

En un territorio donde los ganaderos observan con especial recelo cada movimiento que hace el lobo -uno de los inquilinos del parque con el oso, el rebeco, el corzo, el ciervo y el jabalí- y donde los conservacionistas están siempre ojo avizor, los redactores del borrador han tratado de encontrar el equilibrio con una normativa que seguirá permitiendo los controles selectivos basados «en el mejor conocimiento técnico disponible».

Alberto Aja

Nada queda en los márgenes de un documento surgido con el propósito último de hacer compatible el mantenimiento de los valores naturales y culturales de este parque con el uso que de él hacen no sólo sus visitantes sino sus habitantes, a quienes los hombres del 'Prug' han querido tener muy en cuenta. «No se les puede condenar a vivir en unas condiciones prehistóricas», reconocen.

De ahí que el plan abra la mano para concederles la oportunidad de dotarse de infraestructuras básicas (como una antena receptora de la señal de internet, por ejemplo) antaño impensables.

Subvenciones e indemnizaciones por valor de 15 millones de euros

El Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de los Picos de Europa, el 'Prug', dedica un anexo íntegro a la estimación económica de las actuaciones derivadas de su desarrollo, que estará sujeta a las disponibilidades presupuestarias anuales de las administraciones gestoras competentes, esto es, de los gobiernos de Cantabria, de Castilla y León y de Asturias.

El documento, que en principio tendrá una vigencia de diez años, calcula una inversión global de 19.063.000 euros, es decir, cerca de 2 millones anuales.

La mayor parte de ese dinero se consignará a los dos programas que dan sentido al proyecto financiero; el programa de subvenciones, al que se inyectan 12,5 millones de euros (1.250.000 anuales), y el programa de indemnizaciones, que se refuerza con otros 2,5 (250.000 euros anuales).

El resto, los otros 4 millones, se reparte en diferentes partidas como, por ejemplo, las asignadas a la prevención y la extinción de incendios forestales (1,5 millones), la erradicación de especies invasoras y alóctonas (300.000 euros), a la promoción de actividades económicas tradicionales (250.000) o a las actuaciones de control poblacional de las especies (150.000), entre otras creadas para no dejar nada a la improvisación.

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