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El Ministerio de Energía ha decidido dejar en suspenso los permisos de investigación de fracking -extracción de hidrocarburos mediante fractura hidráulica- de 'Bezana' y 'Bigüenzo', concedidos en 2009 dentro de un territorio que abarca Campoo, Valderredible, Valdeprado del Río, norte de Burgos y Palencia. Esta ... suspensión, que se hace con carácter retroactivo a mayo de 2013, no es una extinción del permiso, sino que supone que se paralizan los plazos que tenía la empresa para realizar las tramitaciones previas como declaraciones de impacto ambiental. Esto significa, advierte la Asamblea Cántabra contra el Fracking. que le da margen para actuar y retomar el permiso cuando lo considere oportuno. La asamblea lleva tiempo denunciando que los permisos de 'Bezana' y 'Bigüenzo' caducaron en 2015 y que por tanto -según sentencias del Supremo- el permiso quedaba extinguido de forma inmediata. La suspensión decretada ahora, señalan, ampliaría y prorrogaría los márgenes de actuación ya que la suspensión quedará anulada cuando la empresa concluya los trámites previos que hasta ahora han retrasado el proceso y «pueda seguir con los compromisos adquiridos».
El Ministerio, en una orden publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado y fechada el 22 de marzo, declara que los citados permisos quedan suspendidos desde el 3 de mayo de 2013 por causa «no imputable al titular», Petroleum Oil & Gas España SA ya que las demoras producidas en las actuaciones para las que se otorgó el permiso inicial han requerido de diversas tramitaciones administrativas que han alargado los plazos, como la evaluación de impacto ambiental previa a la autorización de los sondeos.
En diciembre de 2016, la Asamblea Contra la Fractura Hidráulica de Cantabria entregó más de 10.000 firmas para pedir al Ministerio de Industria que se suspendan dos de los grandes permisos de investigación de hidrocarburos en la región. El Bezana-Bigüenzo y el permiso Luena.
Alegaban que las dos empresas solicitantes, Repsol y Gas Natural Fenosa, han incumplido los plazos previstos para ejecutar los trabajos autorizados. Plazos que ahora quedan en suspenso con carácter retroactivo a mayo de 2013.
Así, la suspensión está condicionada a que la empresas continúe la tramitación del correspondiente procedimiento de autorización de impacto -que sigue su curso-, por lo que no surtirá efectos en el supuesto de que el operador desista voluntariamente de tal tramitación. «Esto es darles un balón de oxígeno», alerta Carmen González de la Asamblea Contra el Fracking, quien destaca que en la propia resolución del BOE se recoge que esa empresa solicitó en diciembre de 2017 sondeos en puntos del territorio afectado por estos dos permisos, es decir no ha parado de actuar en la zona.
Durante el período de suspensión -recoge el BOE- no se podrá exigir a la empresa ni canon ni tasa ni el mantenimiento del plan de inversiones previsto. Además, se habilita a la Dirección General de Política Energética y Minas para levantar, mantener y modificar la suspensión de los permisos de acuerdo con una serie de condiciones, como que la suspensión se mantendrá «hasta que concluya el procedimiento administrativo de solicitud de autorización del primer trabajo que permita al titular proseguir con sus compromisos».
En caso de que la terminación sea por resolución favorable a la solicitud del promotor, la Dirección General de Política Energética y Minas, junto con la autorización de los trabajos, levantará la suspensión de los permisos de investigación.
Si por el contrario la terminación lo fuera en sentido desfavorable o si se produjera ésta por desistimiento no voluntario del titular, la Dirección General podrá levantar, mantener o modificar la suspensión en función de las circunstancias que hubiesen producido tal terminación, así como de la situación particular de los permisos de investigación.
El Ministerio señala que la empresa desiste voluntariamente de su permiso de investigación si lo hace antes de que llegue a ser otorgada la declaración de impacto ambiental, o tras la emisión de declaración de impacto ambiental favorable, «salvo que resulte acreditado que el desistimiento viene determinado por cualesquiera actos administrativos impeditivos de la obtención de otras autorizaciones indispensables para la ejecución de los trabajos o por otras circunstancias sobrevenidas que, a juicio de la Administración, otorguen justificación bastante al mismo».
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo.
El permiso de investigación de hidrocarburos 'Bezana' ocupa una superficie de 87.780 hectáreas, y el permiso 'Bigüenzo', 91.654 hectáreas, ambos en el Sur de Cantabria y el Norte de Burgos y Palencia.
El Ministerio de Industria se los concedió en 2009 a Petroleum Oil & Gas España, S.A., propiedad al 100% de Gas Natural S.A., por un periodo de seis años. En junio de 2011 se autorizó la cesión de un 40% a Repsol Investigaciones Petrolíferas S.A., y en febrero de 2012 Petroleum Oil & Gas cedió otro 10% a Pyreenes Energy Spain, SA.
El 30 de enero de 2016, el Tribunal Supremo rechazó el recurso presentado por el Ayuntamiento de Valdeprado del Río contra la decisión del Consejo de Ministros de conceder a Petroleum Oil & Gas España SA los citados permisos de investigación de hidrocarburos.
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