![«El perjuicio a los hosteleros es incalculable, pero no se puede superponer a la salud»](https://s2.ppllstatics.com/eldiariomontanes/www/multimedia/202102/23/media/cortadas/62381746-kpxF--1248x832@Diario%20Montanes.jpg)
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«Hemos optado por proteger más la salud pública que la economía de los hosteleros. La Ley nos dice que tenemos que mirar si la medida del Gobierno de Cantabria está justificada y es proporcional, y lo es». La magistrada Esther Castanedo defiende así ... el último auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) en el que se rechaza por quinta vez la suspensión cautelar de las restricciones impuestas por el Ejecutivo regional a la hostelería cántabra (quedan pendiente de resolver los cinco recursos).
La magistrada -que firmó el auto emitido el pasado jueves junto a Rafael Losada y José Ignacio López- explicó ayer a este periódico que el cierre interior de los locales hosteleros está justificado «porque la Administración ha presentado un montón de datos oficiales, algunos remitidos por el Ministerio y los hospitales de Cantabria, que indican que la mayor incidencia epidemiológica se produce en el ámbito social y del trabajo». Entonces, apunta Castanedo, el Gobierno regional justifica que sus medidas «tienen que ir encaminadas al ocio». Y dentro de las resoluciones que puede adoptar, «toma las que ya se han pactado en el Consejo Interterritorial de Salud Pública, que dice que todas las comunidades autónomas, dependiendo del nivel de alerta que haya, puede elegir entre unas medidas u otras. En el caso de Cantabria ha elegido unas medidas intermedias».
Sin embargo, los hosteleros han mostrado su discrepancia con los datos del Ejecutivo regional al entender que si abriesen el interior de sus locales «solo se incrementarían los contagios un 2,5%». Pero, según apunta la magistrada, «estas alegaciones no tenían soporte, no teníamos documentos oficiales ni diarios que avalasen esto, ni siquiera un informe de un epidemiólogo o un sanitario. Tampoco sabíamos el número real de contagios que suponía ese porcentaje».
PROCESO
COMPARATIVA CON EL COMERCIO
DIFERENTE CRITERIO
Junto a esto, el otro pilar sobre el que se sustenta el fallo de la Sala es de la proporcionalidad de la medida. «Los perjuicios económicos a los hosteleros son incalculables, no los negamos ni dudamos de ellos, pero en ningún momento se puede superponer a la salud pública. Con el número de muertos que ha acreditado el Gobierno, en esa balanza hemos optado por proteger más la salud pública», apunta.
Respecto a la discriminación que planteaban los hosteleros frente a otros negocios como el comercio, Castanedo recuerda que el Ministerio de Sanidad establece unas pautas que suponen poner restricciones, en primer lugar, en los sitios donde vaya a haber una relajación de las medidas de seguridad. «En los comercios puede haber relajamiento de las medidas cuando no se cumplen los aforos, pero la gente sigue yendo con mascarilla, no está bebiendo, no van en grupos de amigos, no se relajan tanto las medidas como en la hostelería, donde está claro que te vas a quitar la mascarilla para comer o beber», afirma.
De todas formas, la magistrada deja claro que la Sala no entra en si las medidas del Gobierno son las más acertadas. «No es nuestra competencia decir si es más acertado abrir un comercio o un bar, porque no somos políticos. Sólo miramos si la decisión está justificada y es proporcionada. Y sí parece justificado que se restrinjan los lugares donde hay más interacción con personas que no son del ámbito de convivencia».
A nadie se le escapa que este último recurso de los hosteleros cántabros se produce tras la reciente resolución del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que da la razón a la tesis del sector de la comunidad vecina. Sin embargo, Castanedo apunta, como ya se recogió en su último auto la Sala, que las circunstancias son «totalmente diferentes». «En primero lugar, los compañeros del País Vasco desacreditaron los datos que les dio el Gobierno vasco. Nosotros sí que los damos por buenos, porque no tenemos datos de contraste. Nunca hemos dudado de los datos del Gobierno regional, y los hosteleros tampoco los ponen en duda, pero no ofrecen otros».
Tras manifestar que «no es deseable» que haya decisiones contradictorias entre jueces, la magistrada cántabra señala que «de los 17 tribunales de España sólo el del País Vasco ha adoptado un criterio diferente al resto». Y respecto a las polémicas declaraciones del magistrado Luis Ángel Garrido cuestionando a los epidemiólogos, considera que los jueces «tenemos que dar una imagen de imparcialidad total».
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