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Si usted compró un coche entre los años 2006 y 2013 puede que esté afectado por el cártel del automóvil, en el que una veintena de marcas pactaron los precios y rebajas de la práctica totalidad de vehículos que se vendieron en esos años, lo ... que supuso un sobrecoste de «entre un 10 y un 15%» en cada turismo, según explica el abogado Lope Crespo de Lara, cuyo despacho se ha unido a otros tres para crear una plataforma que gestionará las reclamaciones que se presenten en Cantabria.
En 2015, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), gracias a la información proporcionada por algunas marcas, destapó esa maniobra de las principales compañías del mercado automovilístico español, que por aquel entonces representaban un 91 % de las ventas totales. Como consecuencia de ello impuso una sanción de 171 millones de euros a todas ellas menos a unas pocas, que se libraron por colaborar con la investigación.
Las marcas implicadas Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mercedes-Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, SEAT, Skoda, Toyota, Volkswagen, Volvo.
Desde entonces las marcas han presentado diversos recursos ante los tribunales pero todo ellos fueron rechazados. El pasado 17 de septiembre de 2021 se hizo pública una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, mediante la cual se ha cerrado de manera definitiva la vía jurisdiccional a los concesionarios y fabricantes sancionados en 2015.
A partir de este fallo se han empezado a suceder las reclamaciones por parte de clientes que adquirieron su coche de buena fe entre 2006 y 2013. En Cantabria, cuatro despachos de abogados (Cañadío, Altónaga, Abot y Borja González-Salvador Concejo) han creado la Unión de Perjudicados por el Cártel del Automóvil (Upercar), con el fin de tramitar todas las demandas de los afectados en la región. Teniendo en cuenta que en esos años se matricularon en Cantabria 92.106 coches, unos 83.816 vehículos (el 91%) podrían tener un sobrecoste.
¿Qué se necesita para presentar la reclamación? Simplemente la factura de compra y la documentación del coche. «En caso de no disponer de la factura se puede obtener un certificado de pago a través del banco», explica Crespo de Lara, desde el despacho Cañadío Abogados. A diferencia de otros asuntos, en este caso los cuatro despachos no solicitan una provisión de fondos a sus clientes. Y eso a pesar de que para poder tramitar las demandas es necesario realizar un informe pericial del vehículo, que puede tener un coste de 100 euros. «En caso de ganar nos tendrían que abonar el 20% vía costas», apunta este abogado.
La intención de los cuatro bufetes que integran esta plataforma es presentar en los próximos días la primera reclamación, invidual, ante el Juzgado de lo Mercantil y, en caso de que la respuesta sea favorable, será entonces cuando se presenten el resto de demandas de manera conjunta. «Tenemos cientos de potenciales afectados interesados en reclamar», advierte.
Lope Crespo de Lara - Abogado
Jana Vallines - Afectada
Nieves Rodríguez - Afectada
Crespo de Lara estima que podrían tener una primera resolución en un plazo aproximado de entre «ocho y diez meses». Aunque da por hecho que, en caso de ganar en primera instancia, las marcas demandadas recurrirán en apelación a la Audiencia Provincial y quizá ante el Tribunal Supremo en casación.
Jana Vallines, vecina de Miengo, es una de las afectadas por este cártel y que ha puesto en manos de Upercar su reclamación. Compró por 18.500 euros un Volkswagen Touran en 2013 (de kilómetro cero). «Me enteré en la oficina del tema del cártel y comprobé en una página web si mi coche estaba afectado. Después vi que había una plataforma de afectados en Cantabria y les trasladé mi caso». Como ya no tenía la factura en su poder, algo que ocurre a otro afectados, Jana recurrió a la aplicación de la financiera mediante la que pagó el coche para poder certificar la compra. «Me han comentado que había una sentencia favorable en el Supremo, así que si me dan 1.000 euros bienvenidos sean», apunta, al tiempo que señala que «en caso de no ganar el pleito no tenemos que pagar nada». «Es increíble y surrealista que hayan hecho esto con los coches», dice.
Nieves Rodríguez, vecina de Santander, es otra afectada. Compró por 13.000 euros un Toyota Yaris a finales de 2013 y como conocía a uno de los abogados que han creado la plataforma de afectados en Cantabria no lo dudó un segundo. «La gestión es muy sencilla, solo he tenido que mandarles la factura y la documentación del coche. Si no cobramos nada, no pagamos».
Nieves califica de «abuso» lo que han hecho los fabricantes y concesionarios de coches. «No nos hemos enterado de nada y me parece muy bien que empiecen a aclararse estas cosas porque seguro que salen más».
En la sentencia que confirma la existencia de un cártel de coches y que abre las puertas a una cascada de reclamaciones, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo considera suficientemente acreditada «una conducta única y continuada que, por la naturaleza de la información intercambiada y el objetivo perseguido de reducir la incertidumbre y coordinar estrategias comerciales, distorsiona la competencia, con un efecto evidente en beneficio de los partícipes en la conducta (las marcas), lo cual constituye una infracción calificada como cártel». La Sala apunta que gran parte de la información compartida entre las empresas del sector «son datos sensibles referidos a elementos de la estructura de precios, a sus componentes, que tienen relevancia en el precio final de venta como son los datos sobre remuneración y márgenes comerciales de las redes de concesionarios». Asimismo, considera que no debe olvidarse que la información no pública referida a los márgenes comerciales con los que se opera sirve para conformar el precio final. «El intercambio de información sobre dichos márgenes permite conocer a las empresas el precio final que se puede fijar y los márgenes de maniobra existentes, disminuyendo la competencia en el mercado. Hizo posible el conocimiento entre competidoras de dichos elementos estratégicos y predecir sus estrategias comerciales, y permitió un ajuste de su comportamiento en el mercado de forma incompatible con las normas de la competencia».
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