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Ana del Castillo
Santander
Martes, 16 de agosto 2022, 14:16
La nueva ley de protección, derechos y bienestar animal, aprobada a principios de este mes por el Gobierno y que eleva las penas a hasta dos años de cárcel por maltrato, abandono y sacrificio de animales, entrará en vigor próximamente, en cuanto se someta ( ... con carácter urgente) a tramitación parlamentaria. El Ministerio de Asuntos Sociales espera que para octubre. A partir de ese momento, quien quiera un animal de compañía -en España el 93% son perros- deberá someterse a la norma. ¿Qué debe hacer? ¿cuáles son sus obligaciones? La Ley contempla diferentes cambios, como un cursillo acelerado antes de adoptar un ser sintiente, la prohibición de venta de animales en tiendas o reconvertir los zoos.
PDF: Consulta el borrador de la nueva Ley
Las protectoras, asociaciones y plataformas en defensa de los animales en Cantabria aplauden la nueva Ley, aunque con pequeños matices. Valoran positivamente que se mejore, pero creen complicada su ejecución, al menos al principio, cuando eche a andar. En líneas generales, la Asociación Protectora de Animales de Santander (Asproan) dice que «está bastante bien». «Los que se quejan es porque no se podrán lucrar a costa de los animales. Se molestan porque les obligan a castrarlos, pero claro, luego resulta que cuando el perro de caza tiene camadas y no sirven para cazar, les abandonan», explica Eduardo Puertas Fernández, vicepresidente y responsable de Asproan, refugio canino que cada año recoge 200 perros en la capital cántabra.
Según el preámbulo del texto, el principal objetivo de esta Ley no es tanto el garantizar el bienestar de las mascotas evaluando las condiciones que se le ofrecen, sino el regular el reconocimiento y la protección de su dignidad por parte de la sociedad. Precisamente esa es la principal preocupación de Puertas con respecto a esta nueva ley. «No todo el mundo está capacitado para tener un animal de compañía. ¿Las autoridades llevarán a cabo controles para que funcione? Porque de nada sirve que haya una ley mejorada si no se hace cumplir por parte de los funcionarios del orden público, como la Policía Local o los agentes del Seprona. Esos agentes, cuando ahora les llamamos para denunciar algún tipo de maltrato animal, nos dicen que no es su cometido», lamenta Puertas. La Guardia Civil, que no quiere entrar en valoraciones, ha asegurado a este periódico que cumplirá con la norma.
1 Se prohíbe el sacrificio público de animales, así como su utilización en espectáculos y otras actividades cuando éstas puedan ocasionar sufrimiento o en las que puedan ser objeto de tratamiento indigno, tales como el tiro al pichón, tiro a tubo o prácticas que puedan ocasionar la muerte de animales.
2 Maltratarlos o agredirlos físicamente, así como someterlos a trato negligente o cualquier práctica que les pueda producir sufrimientos, daños físicos o psicológicos u ocasionar su muerte.
3 Abandonarlos en espacios cerrados o abiertos.
4 Dejar animales sueltos o en condiciones de causar daños en lugares públicos o privados de acceso público.
5 Utilizarlos en espectáculos públicos o actividades artísticas, turísticas o publicitarias, que les causen angustia, dolor o sufrimiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el título IV, y, en todo caso, en atracciones mecánicas o carruseles de feria, así como el uso de animales pertenecientes a especies de fauna silvestre en espectáculos circenses.
6 Utilizarlos de forma ambulante como reclamo o ejercer la mendicidad valiéndose de ellos.
7 Someterlos a trabajos inadecuados o excesivos en tiempo o intensidad respecto a las características y estado de salud de los animales.
8 Emplear animales de compañía para el consumo humano o animal.
9 La tenencia de aves fringílidas capturadas del medio natural en tanto se infrinjan los requisitos del artículo 61.1.f) y 4 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre».
10 Alimentarlos con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan superado los oportunos controles sanitarios, de acuerdo con la normativa sectorial aplicable.
11 Utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción.
12 La puesta en libertad o introducción en el medio natural de ejemplares de cualquier animal incluido en el Listado Positivo que se desarrolla en la presente Ley
13 La utilización de animales como reclamo publicitario, excepto para el ejercicio de actividades relacionadas con los mismos, en cuyo caso se deberá obtener autorización administrativa previa.
En el Refugio Canino Torres de Torrelavega hacen una valoración mucho más optimista. Una de sus responsables, Paula Abascal, cree que «al principio seguramente habrá muchos más abandonos de gente que no pueda cumplir los requisitos, pero a largo plazo será buena para los animales». «Estamos contentos», puntualiza.
El 50% de los animales que hay en España se encuentra fuera del control oficial, al no estar identificados legalmente, con el riesgo que ello supone, no solo para su adecuada protección, sino también para la propia seguridad y salud pública. Cantabria no queda al margen. Sus 102 municipios están obligados a contratar un servicio de recogida de animales abandonados, pero en la practica únicamente 46 ayuntamientos lo hacen. Uno de los avances que supone esta Ley es precisamente la unificación de legislaciones. Para la Federación Dean (Defensa Animal de Cantabria) ahí reside la mejora. «Supone un gran avance porque ahora hay 17 legislaciones distintas. No es la ley perfecta que todos hubiéramos querido, pero la valoramos positivamente. En Cantabria estamos tan atrasados que no me cabe duda de que aquí supondrá un avance», explica Victoria Cedrún, presidenta de la federación, que coincide con Asproan en que la puesta en marcha de la Ley debe partir de las administraciones: «Hace falta formación del funcionariado, muchas veces no hacen bien su labor pero porque no saben».
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