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La Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio ha publicado hoy las bases de la convocatoria de las ayudas del 'cheque resistencia' para compensar a 7.681 autónomos y microempresas del impacto económico ocasionado por la actual situación de emergencia del Covid-19. La solicitud deberá cumplimentarse vía telemática en la dirección web http://ayudas.sodercan.es. Francisco Martín, titular del departamento, ha recordado que estas ayudas «serán inmediatas y tendrán carácter retroactivo para que cuando estas empresas vuelvan a abrir tengan garantías de continuidad».
El director de Sodercán (Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria), Javier Carrión, ha mantenido esta mañana una reunión por video conferencia con las asociaciones profesionales y de comerciantes para informarles de las características de la convocatoria, explicar el mecanismo para realizar las solicitudes y solventar las dudas que pudieran plantearse. El plazo de presentación de solicitudes comenzará cuando se publique la convocatoria en la Base Nacional de Subvenciones, previsto a comienzos de la semana que viene, y hasta la finalización del estado de alarma.
Los beneficiarios de estas ayudas son microempresas y autónomos de Cantabria que estuvieran dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas con anterioridad al pasado 14 de marzo. El importe de la subvención dependerá de lo que dure el cierre obligatorio de la actividad de cada afectado y del número de trabajadores que tenga el solicitante de este recurso. Por ejemplo, el empresario autónomo individual y microempresa con un solo trabajador recibirá 150 euros semanales; los que tengan entre dos y cinco trabajadores, 225 euros semanales, y los que tengan de seis a nueve tendrán asignados 300 euros semanales.
Las microempresas y autónomos que reciban las subvenciones deberán reiniciar la actividad suspendida en un plazo máximo de 10 días naturales tras la finalización del periodo de cierre obligatorio dictado por el Gobierno de España y deberán mantener la plantilla media de trabajadores que tenían en la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, durante, al menos, los seis meses siguientes a la finalización del período de cierre obligatorio.
Francisco Martín
Estas ayudas están diseñadas como complementarias (y por tanto, compatibles) con cualquier otra procedente de otras Administraciones o entes, públicos o privados, regionales, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que el importe total de las ayudas no supere el límite de intensidad fijado en la normativa aplicable.
Según los datos que maneja el Gobierno regional, de los 7.681 negocios de menos de 10 trabajadores que están obligados al cierre, 2.937 son autónomos sin asalariados (38,24 por ciento), 3.196 tienen entre una y dos personas contratadas (41,61 por ciento), 1.235 cuentan entre tres y cinco trabajadores y 313 tienen una plantilla entre seis y nueve empleados (4,07 por ciento).
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