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Qué puedo hacer y qué no

Qué puedo hacer y qué no

Mientras dure el estado de alarma sólo se puede salir de casa para realizar acciones imprescindibles. Pero, ¿cuáles lo son y cuáles deben esperar?

Ángela Casado

Santander

Martes, 17 de marzo 2020, 07:54

El Gobierno ha sido claro. Mientras dure el estado de alarma sólo se puede salir de casa para realizar las actividades imprescindibles. Y se debe permanecer en la calle el mínimo tiempo posible. Pero, exactamente, ¿qué puedo hacer y qué no? Aunque en Cantabria apenas se han registrado incidencias desde que se anunciaron las restricciones, todavía hay personas despistadas que salen sin una razón justificada.

Pasear al perro

SÍ. Pero debe sacarlo a la calle una única persona, no ir en grupo. Las autoridades advierten de que el paseo debe durar el tiempo indispensable para que la mascota haga sus necesidades y señala que se podrá multar si van varias personas.

Realizar trámites

NO. El Gobierno regional concretó ayer la suspensión de los procedimientos administrativos -incluidos los de naturaleza tributaria y de contratación pública- y la interrupción de sus plazos.

Ir al centro médico

SÍ. Se puede acudir al centro de salud con cita previa aunque, si no es urgente, se recomienda aplazarlo para evitar aglomeraciones. Eso sí, las personas con síntomas del Covid-19 no deben ir y deben llamar al 900612112.

Ir al supermercado

SÍ. Los supermercados estarán abiertos porque venden productos de primera necesidad. Las autoridades piden que se acuda individualmente y manteniendo la distancia con el resto de clientes.

Desplazarse en coche

SÍ. Se puede utilizar para realizar cualquier actividad permitida en el decreto, como ir a trabajar o a comprar. Estos trayectos deben realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad.

Ejercicio al aire libre

NO. No se puede salir a correr ni realizar ninguna otra actividad deportiva en el exterior. Aquellas personas que quieran hacer ejercicio, lo harán dentro de casa.

Pedir comida a domicilio

SÍ. Los restaurantes no pueden abrir durante este periodo, pero sí pueden llevar comida a domicilio. Las autoridades insisten en mantener la distancia entre repartidores y clientes.

Usar tren o autobús

SÍ. Las Cercanías ferroviarias, los servicios municipales de autobús y los taxis siguen funcionando, aunque algunos horarios y líneas han sufrido reducciones. En los autobuses se debe acceder por la puerta central o trasera y pagar sólo con la tarjeta.

Usar la zona azul

SÍ. Es una competencia municipal y depende de cada Ayuntamiento. En Santander, la OLA se suspende hasta que se recupere la normalidad. No será necesario mover el coche ni pagar.

Visitar a familia o amigos

NO. Sólo se puede visitar a familiares dependientes que necesiten ayuda para realizar tareas cotidianas. Incluso en estos casos, se deben mantener medidas de seguridad, como el uso de guantes.

Ir a trabajar

SÍ. Si es posible, se recomienda teletrabajar para extremar precauciones. En los empleos en los que no sea posible, se mantiene la actividad presencial salvo que se pacte lo contrario. Quienes trabajen de cara al público sólo tienen que acudir si son servicios de primera necesidad.

Ir a sellar el paro

NO. Mientras dure el estado de alarma el paro se sellará automáticamente. Los usuarios recibirán un mensaje en el móvil cuando se realice este trámite y podrán hacer consultas a través del correo electrónico o del 012.

Acudir a la iglesia

SÍ. Se puede acudir a lugares de culto siempre que se eviten aglomeraciones y se garantice la distancia de seguridad de un metro para evitar posibles contagios.

Donar sangre

SÍ. Se puede hacer mientras se eviten las aglomeraciones y los contactos innecesarios. El Banco de Sangre tiene previsto organizar la donación mediante cita previa, contactando con las personas que donen habitualmente.

Solicitar servicios de cerrajería o fontanería

SÍ. Electricistas, fontaneros, cerrajeros o albañiles, entre otros, pueden ejercer. Se recuerda que deben extremar las precauciones y mantener las distancias.

Desplazarse entre municipios

SÍ. Se puede ir de un municipio a otro por cuestiones laborales u otra actividad de primera necesidad que esté fuera del suyo. Puede ser en transporte público o en vehículo privado, siempre en solitario o para acompañar a personas con discapacidad.

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