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El juzgado de primera instancia número 2-bis de Santander ha declarado nula la cláusula suelo así como otras cláusulas del préstamo hipotecario que Liberbank había concedido a uno de sus trabajadores, y condena a la entidad bancaria a la devolución tanto de los ... gastos de notaría y registrales (809 euros), a recalcular el cuadro de amortización del préstamo y a pagar las cantidades indebidamente cobradas o que hubiera podido cobrar en exceso durante la vida del préstamo. Todo ello forma parte de la sentencia firmada por la magistrada María Dolores Martínez y hecha pública el pasado viernes y que supone uno de las primeros fallos judiciales en favor de un empleado bancario que trabajaba en la misma entidad que comercializaba dichas hipotecas.
La demanda fue interpuesta en julio de 2017 por un empleado de Liberbank, hoy ya jubilado. Él y su esposa firmaron en febrero de 2013 un préstamo con garantía hipotecaria de 145.500 euros en cuya escritura se concretaba un límite mínimo del 4% anual y un máximo del 15% (las denominadas cláusula suelo y techo), unas condiciones que trataron de impugnar mediante la referida demanda judicial ya que no lograron que la entidad atendiera sus solicitudes para que les suprimiera la cláusula suelo de su hipoteca.
El referido préstamo no era de los de convenio -según explicó su letrado, Juan Manuel Brun, el demandante no pudo acogerse a él debido a determinados requisitos- sino un préstamo libre, es decir «como si se tratara de un cliente, con la particularidad de que no era posible negociarlo. Un cliente podía, en algunos casos, reducir e incluso suprimir la cláusula suelo, pero los empleados no tenían esa posibilidad», explica Brun. El letrado recordó, además, que durante los años que trabajó en la entidad su defendido realizó mayormente labores de cajista, y que cuando comercializó hipotecas (sólo de 1991 a 1994) por entonces no existían las cláusulas suelo pues Caja Cantabria (hoy Liberbank) no empezó a incluirlas hasta 2009.
La entidad bancaria defendió ante la magistrada que las cláusulas del referido préstamo hipotecario fueron negociadas individualmente, que además no generan ninguna situación de desequilibrio entre las partes, siendo claras y sencillas en su redacción y contenidas dentro de los pactos relativos a los intereses del préstamo; al tiempo, considera que la cláusula suelo es un elemento esencial del contrato por lo que no puede ser sometido a control. Por todo ello solicitó a la jueza que desestimara la demanda.
Sin embargo, la magistrada estima parcialmente la demanda del matrimonio y declara la nulidad de varias cláusulas del préstamo. Una hace referencia a la cláusula suelo y techo «manteniéndose la vigencia», pero «sin la aplicación del límite del suelo del 4% y del techo del 15%», dice la jueza. Sobre este apartado condena a la entidad a restituir las cantidades «indebidamente cobradas durante toda la vida del préstamo...» «y aquellas que se hubieran podido cobrar en exceso durante la tramitación del procedimiento», sin olvidarse de que Liberbank deberá «reintegrar al demandante todo lo que hubiese obtenido en exceso en concepto de intereses, amortizar en cada préstamo la cantidad que se determina y recalcular el cuadro de amortización del préstamo».
Asimismo el fallo anula la disposición «en la parte que imputa genéricamente al prestatario todos los gastos y tributos», como también «la estipulación relativa a los intereses de demora» y la cláusula «referente a la resolución anticipada del préstamo». Además, condena a Liberbank a devolver 809 euros por gastos notariales, registrales, etc., «más los intereses legales desde cada desembolso».
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