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Dos años y medio después de que el Gobierno de Cantabria pusiese en marcha la Ley de Espectáculos autonómica, que ponía fin a un vacío normativo de dos décadas, tan sólo el Ayuntamiento de Castro Urdiales ha desarrollado su propia ordenanza municipal para ... adaptar el texto a sus necesidades. Por eso, la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior incidió ayer, en la reunión mantenida con otras instituciones públicas implicadas en llevar a efecto la ley, en la necesidad de que los consistorios impulsen «las adaptaciones que consideren oportunas» a través de sus ordenanzas municipales, a través de las cuales podrán introducir «otros requisitos o características en las autorizaciones en virtud de sus respectivas competencias». De hecho, tal y como explicó la consejera Paula Fernández, algunas de las principales demandas planteadas por los ayuntamientos «son susceptibles de ser reguladas a través de los reglamentos municipales», como es el caso, por ejemplo, de la ampliación del plazo para conceder la autorización de las actividades deportivas. Un plazo, establecido en 30 días, que muchos ayuntamientos consideran «insuficiente», pero que son «ellos mismos» los que pueden modificarlo o especificar otras condiciones técnicas en el desarrollo de las ordenanzas. «Les hemos animado a desarrollarlas y les vamos a ayudar a redactarlas, si así lo precisan, de la mejor manera posible», especificó la consejera del área.
Cuestionado por El Diario, el concejal de Deportes, Juventud y Festejos de Castro, Gorka Linaza, afirmó que «los principales beneficios» que les ha aportado el desarrollo de la ordenanza radican en tener «la potestad» para conceder las autorizaciones de los eventos -las grandes citas multitudinarias siguen dependiendo de la ley autonómica- y en «agilizar» los trámites administrativos, porque «uno de los problemas más grandes que hay es la tramitación del papeleo a través de la Consejería, que ralentiza el proceso». El edil detalló que la normativa es «muy genérica», pero «muy útil».
Dos nuevos decretos El registro de organizadores de espectáculos y actividades recreativas y el reglamento de la comisión de espectáculos, foro permanente de interpretación y debate en la aplicación de la ley.
Pruebas no competitivas Las pruebas deportivas no competitivas pasarán a ser reguladas por la norma autonómica de Deportes y no por la Ley de Espectáculos.
Amenización Un nuevo reglamento definirá de forma más concreta las actividades de amenización de los establecimientos hosteleros que son accesorias a la principal.
En la reunión participaron representantes del Gobierno de Cantabria, la Guardia Civil, la Federación de Municipios de Cantabria y los ayuntamientos de Santander, Torrelavega, Castro Urdiales y Camargo. Después de dos horas y media de reunión, se tomó la determinación de realizar algunas modificaciones de la ley para dar respuesta a las demandas y problemáticas trasladadas desde las distintas partes.
Por un lado, se consensuó elaborar dos nuevos decretos para el desarrollo de la norma: el de creación del registro de organizadores de espectáculos y actividades recreativas y el de la comisión de espectáculos como foro permanente de interpretación y debate en la aplicación de la ley. Se unen a así otros dos instaurados desde su implantación: el de los horarios, que abre la puerta a limitar el horario de cierre de establecimientos hosteleros en zonas residenciales urbanas y hospitalarias si así lo piden los ayuntamientos; y el del seguro obligatorio, que aporta «mayor seguridad y cobertura» a la hora de organizar cualquier espectáculo o prueba deportiva.
Por otra parte, el Gobierno impulsará una modificación legal de la Ley de Espectáculos para que las pruebas deportivas no competitivas -las que no requieren de dorsal ni contemplan premios para los mejores, sino que tienen un fin más turístico o social- pasen a ser reguladas «exclusivamente» por la norma autonómica de Deportes que, a su vez, será objeto de mejora para «clarificar los requisitos necesarios y facilitar la organización de las mismas».
Paula Fernández Consejera de Presidencia
Lorena Gutiérrez Concejala Ayto. de Santander
Por último, la última decisión tomada tiene que ver con la clarificación de las actividades de amenización de los establecimientos hosteleros que son accesorias a la principal, es decir, las no habituales, que en la ley aparecen definidas de manera vaga. Así, la Federación de Municipios trabajará en la redacción de una propuesta de reglamento que elevará a la Consejería y en la que se definirán «claramente» este tipo de actividades para dar una mayor seguridad jurídica a los consistorios a la hora de autorizar este tipo espectáculos -por un ejemplo, una actuación de un pianista en un restaurante-, hasta cuándo se deben considerar no habituales, y cuándo se pueden catalogar de 'bajo riesgo', que son las que no necesitan licencia.
«Consideramos que la Ley de Espectáculos ha cumplido con la función para la que estaba determinada: ha dado seguridad a los operadores, organizadores, instituciones públicas, participantes y vecinos, pero queremos seguir manteniendo la misma disposición de escuchar permanentemente al sector para introducir normativas que solucionen los problemas que vayan surgiendo», expresó Paula Fernández tras la reunión. «Creo que hay un consenso generalizado que se ha puesto de manifiesto en la buena aplicación de la ley. Hoy en día podemos decir que la gente sabe realmente a qué atenerse en cada circunstancia y los pasos a seguir para la autorización de cualquier prueba o espectáculo», añadió.
Esta visión positiva del Gobierno no fue compartida por el Ayuntamiento de Santander que, a través de la concejala de Dinamización Social, Lorena Gutiérrez, solicitó una Ley de Espectáculos «homogénea para toda la comunidad autónoma con el fin de que no existan regulaciones diferentes, una por cada municipio». La edil insistió en que «es fundamental unificar criterios» para que la normativa sea «lo más común posible» y que, posteriormente, se regulen los aspectos «más concretos»; y defendió la necesidad de «definir mejor» algunos conceptos jurídicos «indeterminados» que existen en la ley.
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