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El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia dictada en enero de 2021 por la Audiencia Provincial de Cantabria contra el administrador de un grupo empresarial al que condenó a cuatro años y tres meses de prisión por falsificar hasta 108 certificaciones de obra pública ... y presentarlas ante siete entidades bancarias para obtener así anticipos millonarios.
El condenado presentó un recurso de casación contra esta sentencia ante el Supremo, que en una resolución de finales de marzo, consultada por Europa Press, lo ha rechazado. En el recurso, el procesado alegaba varios argumentos, entre ellos la nulidad de algunos registros y procedimientos llevados a cabo, la infracción del precepto constitucional o errores en la valoración de las pruebas, aunque el Supremo no encuentra «tacha alguna de la ilegalidad y validez de lo actuado y del ajuste a los parámetros constitucionales» en todo el procedimiento.
Además, entre otros motivos, hace suyo el apunte del Ministerio Fiscal -que se pronunció en contra del recurso del condenado-, que remarca que este ha dejado transcurrir más de diez años para desplegar alguna de las quejas, ya que los hechos juzgados datan de 2008 y 2009, cuando dirigía una serie de empresas que operaban de manera interrelacionada en Cantabria.
Durante al menos los años 2008 y 2009 «logró de diversas entidades bancarias la obtención de importantes cantidades de dinero a las que no tenía derecho mediante el descuento (endoso) de múltiples certificaciones de obras públicas» que correspondían, principalmente, al Gobierno de Cantabria, pero también al Ayuntamiento de Miengo y al de Torrelavega.
Estas certificaciones «o bien no se correspondían con obra alguna contratada o bien el importe que contemplaba no se correspondía con el real de la certificación, siendo muy superior a este». Incluso -continúa la sentencia- «en algunos casos una misma certificación se endosaba a varias entidades bancarias».
Ahora, el Tribunal Supremo confirma este fallo de la Audiencia que imputa al hombre un delito continuado de estafa en concurso con otro delito, también continuado, de falsedad en documento oficial. Además, se le atribuye un delito de alzamiento de bienes.
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