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El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) ha desestimado el recurso presentado por la Federación Cántabra del Taxi contra los pliegos que rigen el procedimiento de adjudicación del servicio del transporte escolar para el presente curso y ha resuelto levantar la ... suspensión cautelar que pesaba sobre el mismo, acordada por este órgano el pasado 13 de agosto. De este manera, la Consejería de Educación tiene vía libre para continuar la tramitación, que relanzará «en los próximos días» con la apertura de la documentación administrativa remitida ya por los licitadores.
La sentencia rechaza los tres motivos fundamentales que esgrimía la Federación del Taxi: que el número de vehículos exigidos para optar a la licitación constituía «un perjuicio» para los titulares de licencias de auto-taxi; la exigencia de vehículos de más de nueve plazas en algunas rutas en las que se transporta a escolares con discapacidad motórica; y que la solvencia económica y técnica requerida era «excesiva».
El TACRC sostiene, sobre el primero de los argumentos, que, dados los horarios de entrada y salida de los centros educativos, «muy similares entre unos y otros», un vehículo puede hacer uno o dos recorridos y, excepcionalmente tres, pero sólo en la entrada, nunca en la salida. Por ello, considera que el requisito exigido por Educación, consistente en que los licitadores dispongan de, al menos, un número de vehículos con la capacidad y características exigidas igual o superior al 50% de los lotes a los que liciten, «no discrimina a ningún licitador, ni por el tamaño del vehículo ni por la habilitación profesional».
Incluso el Tribunal advierte que, sin esta precaución, «cualquier licitador con un solo vehículo podría presentarse a todos los lotes aún a sabiendas de que no dispone de capacidad para ejecutar los contratos en caso de resultar adjudicatario». Una situación que, según recoge la resolución, sería «incomprensible desde el punto de vista de la defensa del interés general que corresponde a la Consejería».
Por otra parte, en cuanto a la exigencia de que algunas rutas ofertadas cuenten con vehículos de nueve o más plazas pese a que el número de escolares que es necesario transportar sea inferior, debido a que se trata de alumnos con movilidad reducida, el TARC recuerda que si se desplaza a personas con discapacidad motórica es «obligatorio» el anclaje para sillas de ruedas y que este tipo de transporte supone «automáticamente» la reducción del número de plazas que dispone el mismo.
Por último, respecto al requisito de la solvencia económica y financiera y la técnica que la Federación del Taxi calificaba de «desproporcionadas», la sentencia del tribunal sostiene que «no se razona en el recurso cuál es el motivo» por el que se hace esa consideración y argumenta que una y otra «se mueven dentro de los límites legales».
Para la consejera de Educación, Marina Lombó, esta resolución es «una muy buena noticia» que demuestra que «las cosas se han hecho bien» y que permitirá a partir de ahora continuar trabajando para adjudicar «cuanto antes y con todas las garantías» el concurso del transporte escolar para este curso. Durante la suspensión del concurso, la Administración decidió prorrogar, de forma temporal, el contrato reinante el pasado ejercicio.
Para Lombó, el «examen añadido» al que el recurso de los taxistas ha sometido al pliego que rige el transporte escolar constituye ahora una «garantía adicional» que el servicio «ha pasado con nota».
Este curso se cubren 471 rutas escolares distintas para dar servicio a alrededor de 16.000 escolares, con un coste para la Consejería de Educación cercano a los 16 millones de euros.
Por su parte, Manu Andoni Ruiz, presidente de la Federación del Taxi, prefirió no realizar valoraciones porque aún no ha recibido «ninguna notificación oficial» del TACRC y mostró su sorpresa porque a una de las partes implicadas en el litigio «sí se le haya dado traslado y a la otra, no».
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