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Las sospechas empiezan a planear sobre otra adjudicación del Servicio Cántabro de Salud (SCS) hasta ahora ajena a las investigaciones que motivaron las denuncias de IU y P Pen Fiscalía y que llevarán ante el juez a la Gerencia dimitida, con Julián Pérez Gil ... y Javier González al frente. Ahora es el Tribunal de Cuentas el que cuestiona los contratos de obras para acometer la reforma de la fachada del edificio en el que se ubica el centro de salud de la calle Vargas, dejando entrever la existencia de una duplicidad: dos contratos para el mismo fin, cada uno con su correspondiente cuantía (646.805 euros el primero y 122.453 el segundo), a cargo de la empresa SIEC. En el anteproyecto de informe de fiscalización sobre contratación relativo a los ejercicios 2016 y 2017, que ya está en manos de Intervención y al que ha tenido acceso este periódico, se apunta que «se han observado deficiencias en algunos de los expedientes de contratación» de Cantabria, «resultando especialmente relevantes» las que afectan a la remodelación de las fachadas de este inmueble.
El informe del órgano fiscalizador añade una nueva sombra a la gestión de la anterior cúpula del SCS, que dimitió al verse salpicada por las presuntas irregularidades y que comparecerá ante el juez a mediados de marzo por presuntos delitos de fraude, prevaricación y exacción ilegal en cuatro actuaciones. Una gestión que ha puesto en tela de juicio también a la consejera de Sanidad, María Luisa Real, a la que la oposición ha reclamado de forma reiterada su cese.
Según la memoria justificativa del contrato, se pone de manifiesto que el objeto «es la reparación de la fachada por la situación en la que se encuentra.Sin embargo, por vía de emergencia se autoriza la realización de un contrato complementario para unas obras aparentemente incluidas en el contrato original», detalla el informe. Y añade: «En este caso no se ha remitido la documentación del proyecto inicial, mandando en su lugar un proyecto de reforma de las plantas del edificio que no es el que corresponde al citado contrato». Se refiere a otra actuación paralela, que también se licitó en 2016, con un presupuesto de más de un millón de euros, que contemplaba la reforma integral de la tercera planta, que se acondicionaría para consultas, además de la quinta, la séptima y la octava, destinadas a oficinas. Cabe recordar que aquí se reubicó el año pasado la sede de la Gerencia de Atención Primaria, primeros desalojados del edificio del SCS anexo a la Residencia Cantabria. Se presentaron once ofertas y finalmente se adjudicó a SIEC por 762.804 euros. Y es precisamente esta misma empresa la que asume los trabajos de reparación de la fachada, al ganar en puntuación a las otras nueve licitadoras.
Aunque es ahí donde al Tribunal de Cuentas no le casan los datos. Y así lo expone directamente en su informe. Desde la Subdirección de Gestión Económica e Infraestructuras de lSCS, puesto que ocupaba González hasta su dimisión el pasado mayo forzado por la denuncia de presuntas irregularidades, «se justifica la necesidad del contrato» al apreciarse un mal estado de las fachadas de baldosa de gres, dinteles de los huecos, etc. salvo en las tres plantas inferiores que ya fueron objeto de reforma, indicándose que «la manifestación más llamativa» es el desprendimiento de losetas en múltiples zonas, sobre todo en las fachadas Norte y Oeste.
Por ello, el SCS considera «necesario repararlas para evitar accidentes por desprendimientos de elementos constructivos de los cerramientos». En el contrato se encarga la demolición de todo el aplacado y mortero de la fachada, el recrecido de los forjados, nuevas impermeabilizaciones en la escalera de emergencia y la sustitución de la fachada y de la carpintería. Licitado en 845.938 euros, se adjudica con una bajada del 23,5%. Es decir, se formaliza en junio de 2016 por un montante de 646.805 euros.
Ahora bien, el documento del Tribunal de Cuentas explica que, «según se deduce del acta de recepción, la obra se suspendió temporalmente» dos meses después (11 de agosto), «al comprobarse durante la ejecución el riesgo y evidente peligrosidad de las fachadas para viandantes, trabajadores y usuarios del edificio». Razón por la cual –continúa–, el 25 de octubre de ese mismo año el director gerente del SCS, Pérez Gil, dictó una resolución acordando, «en función de unos informes a propuesta de la Subdirección de Gestión Económica y de la unidad de supervisión de proyectos (los cuales no han sido remitidos), y ante el inestable estado de la fachada, acometer a través de una obra de emergencia las actuaciones que eviten una caída de elementos de la fachada en la vía pública, que se adjudicó a la misma empresa por importe de 122.453 euros».
Sin embargo, considera el Tribunal, «en el contrato original se había tenido en cuenta el riesgo de la fachada y en las actuaciones a realizar estaban previstas las demoliciones, por lo que estas actuaciones deberían estar previstas en el proyecto inicial (que no ha sido remitido, mandando en su lugar el proyecto de reforma de las plantas que no es el que corresponde al presente contrato)». Por tanto, subraya el organismo fiscalizador, «de la documentación remitida ni se justifica la obra de emergencia, pues las circunstancias manifestadas ya se recogían en el proyecto inicial y además se tardó más de dos meses en declararse desde la suspensión; ni tampoco se justifica la contratación, puesto que las actuaciones que comprende estaban incluidas en el proyecto inicial y, de hecho, las actividades que el director de obra y proyectista de este segundo contrato recoge, carecen de referencias a demoliciones u otras actuaciones vinculadas con la eventual situación de peligro que se indica que existía, pero sí a elementos ajenos a aquella, como la instalación de ventanas y carpinterías de aluminio». En definitiva, concluye el Tribunal de Cuentas, «esta obra de emergencia ha supuesto incrementar el precio del contrato sin causa justificada, en cantidad semejante a la baja efectuada por el licitador sobre el presupuesto de licitación, con el consiguiente perjuicio para otros licitadores y para el interés público».
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