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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ve indicios de delito contra la integridad moral y de lesiones en la actuación del diputado regional José Ramón Blanco contra Verónica Ordóñez, la que fue su compañera de ... bancada en el ahora extinto grupo Podemos en el Parlamento de Cantabria. Así se acuerda en un auto dictado el pasado 22 de marzo por el magistrado-instructor de la Sala Juan Piqueras.
En el auto se indica que durante la fase de instrucción -que se da por concluida- se han practicado diligencias de investigación que han consistido en las declaraciones de Ordóñez (querellante); de Blanco (querellado), y de diversos testigos entre afiliados, parlamentarios y trabajadores de Podemos. También se han unido a los autos documentos aportados por las partes y el informe pericial de la médico forense.
Respecto a las declaraciones practicadas durante la instrucción, el auto señala que, en principio, se evidencia la existencia de «dos bloques de testimonios», con una parte de los testigos que «corroboran» los hechos que Ordóñez describe en la querella contra Blanco que dio inicio a la causa, y otros que, sin embargo, «manifiestan que desconocen tales hechos» y han aludido a la existencia de «al menos dos grupos enfrentados por el control del partido» y han reconocido que el investigado tiene un «carácter apasionado y un tono de voz elevado».
En cuanto a los documentos privados que se han acompañado a la causa, figura el informe del Comité de Seguridad y Salud de Podemos que, tras la investigación interna llevada a cabo, consideraba acreditado el acoso de Blanco a Ordóñez y otras dos integrantes del partido que también le denunciaron (la exresponsable de prensa y la líder de la formación morada en Santander, Lydia Alegría); transcripciones de grupos de whatsapp, un informe psiquiátrico y uno forense.
En el auto, se apunta que estos documentos «son acordes, en principio, con los hechos imputados en la querella», ya que recogen manifestaciones de testigos presenciales y, en otro caso, constantan el estado de salud de la querellante.
Concretamente, en el auto se resume parte del contenido del informe de la médico forense, que apunta a que Ordóñez presenta un trastorno ansioso-depresivo, por el que precisa psicofármacos y controles psiquiátricos y por el que se considera como «factor desencadenante» la situación de «estrés y conflicto» en el ámbito laboral que ha existido en los últimos años.
Además, según el auto, las diligencias de investigación que se han practicado, reflejan «a nivel indiciario» que en dos periodos de la legislatura, Blanco trató de forma «despectiva» a Ordóñez y llevó a cabo «ataques» contra ella, tanto de «forma directa como indirecta», transmitiendo una «imagen negativa» de la diputada y «tratando de aislarla de su entorno».
Una vez concluida la instrucción, el magistrado considera que los hechos serían «en principio» suscetibles de ser calificados como constitutivos de un delito contra a la integridad moral y otro de lesiones.
Respecto al primero, se cita el artículo 173.1 del Código Penal, que se refiere al trato degradante que menoscaba gravemente su integridad moral.
También se incluye en este artículo los delitos cometidos por aquellos en cualquier relación laboral o funcionarial, en la que prevaliéndose de su relación de superioridad, realicen contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima.
Y respecto al delito de lesiones, se alude al 147.1, referido a quien causare a otro una lesión que menoscaben su integridad corporal o su salud física o mental.
Además, en este auto se ordena dar traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal y a la acusación particular, que representa a Verónica Ordóñez, para que en el plazo de diez días soliciten la apertura del juicio oral, formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa.
Además, una vez notificada la resolución a todas las partes personadas y al Ministerio Fiscal, se les da tres días de plazo para interponer recurso de reforma o cinco si presentan de apelación.
Aunque Ordóñez se ha mostrado cautelosa porque la resolución no es firme y la causa sigue abierta -el juicio no se ha celebrado-, tras conocer la resolución judicial, la diputada ha reconocido que está «satisfecha» por el auto.
Ha señalado que este auto «le da esperanzas» de que, tras la investigación judicial que se ha realizado, se haya concluido que existen indicios de que, como denunció, ha sido «vítcima de un trato degradante», de forma «continuada y premeditada» por parte de una persona con la que trabajaba».
«En este caso un político, pero podía haber tenido cualquier otra profesión. Espero que, al menos, y hasta que esto se resuelva, se nos deje de cuestionar a las víctima como se ha venido haciendo», ha aseverado.
Ha afirmado que el trato recibido por parte de Blanco le ha «menoscabado» su salud «hasta causarle lesiones psicológicas» que ahora se tiene que estar tratando.
Por su parte, Blanco no ha querido realizar valoraciones al considerar que la tranformación del auto en proceso abreviado es normal dentro del procedimiento.
La causa por la querella de Ordóñez a Blanco está en el TSJC por la condición de aforado del querellado.
Fuentes de la causa han asegurado que si la causa se demora hasta la próxima legislatura, Blanco dejaría de tener la condición de aforado al dejar de ser diputado, con lo que podría pasar a ser llevada por un juzgado ordinario.
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