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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha respaldado las nuevas restricciones planteadas por la Consejería de Sanidad de Cantabria para frenar esta quinta ola de coronavirus en la región. Unas medidas que se apoyan básicamente en el toque de queda para 53 municipios de ... la región entre la 1 y las 6 de la madrugada y limitar las reuniones a un máximo de seis personas. Tampoco se podrá vender alcohol en los comercios a partir de las ocho de la tarde . La Sala entiende que las medidas son «necesarias y equilibradas» ante una situación de «transmisión descontrolada» del virus. No obstante, el auto cuenta con un voto particular de la magistrada Paz Hidalgo quien no las considera proporcionadas ni justificadas y cree que hay otros mecanismo para controlar el consumo de alcohol en la calle.
Esta misma tarde se publicará la resolución judicial en el Boletín Oficial de Cantabria, con lo que las medidas entran en vigor esta misma noche y estarán vigentes por un periodo de 14 días. Por ello, a partir de la una de la madrugada del sábado ya no se podrá circular por la calle en estos municipios -entre ellos Santander, Torrelavega y varios turísticos- a excepción de los trabajadores de los locales hosteleros y del resto de empleados de empresas que podrán superar ese tiempo para regresar a sus domicilios o acudir a sus respectivos centros de trabajo.
El auto dictado por la sala de lo Contencioso-Administrativo autoriza así al Gobierno de Cantabria a que adopte esta medida en un número determinado de municipios de la región y por un tiempo inicial de catorce días. Unas medidas que Sanidad ya plasmó en un decreto publicado el pasado miércoles y que solo estaban a la espera del respaldo judicial para ser aplicadas. El objetivo de estas nuevas restricciones se centra especialmente en «limitar las reuniones y celebraciones nocturnas que se producen sin medidas de seguridad, especialmente los botellones», según explicó el consejero de Sanidad, Miguel Rodríguez, en la rueda de prensa ofrecida hace dos días. La medida afectará al 90% de la población (casi 530.000 personas, contando sólo a los censados) e implicará el cierre de todos los establecimientos públicos a la hora fijada, hostelería incluida. La decisión del alto tribunal cántabro va en el sentido de la autorización dictada hoy por el TSJ de Cataluña y el de hace unos días en Valencia, aunque en Canarias la decisión fue contraria. Y sobre la limitación de circulación, uno de los puntos más controvertidos, destaca que «tiene un carácter quirúrgico en aras al interés general, y resalta que incluya excepciones para minimizar su afectación a la actividad económica. Incide además en el hecho de que se circunscribe a los municipios de más alto riesgo de transmisión.
Como en otros órganos judiciales, el Alto Tribunal cántabro entiende que las medidas que propone Sanidad «superan el juicio de proporcionalidad» y destaca que «la transmisión comunitaria está descontrolada y se está generando una ola epidémica con las incidencias más altas jamás registradas en Cantabria», uno de los principales argumentos de Sanidad. De hecho cuando se dio la rueda de prensa, la propia evolución de la pandemia dibuja una recta casi vertical en las gráficas, con una media de 200 contagios diarios, y una incidencia acumulada de 527 casos por 100.000 habitantes, que dos días despues se sitúa ya en 566 casos por cada cien mil habitantes y el pase de toda la comunidad al nivel 2 de alerta por el aumento de la presión hospitalaria. La resolución judicial conincide con la prórroga otros 14 días del cierre del ocio nocturo -discotecas- en los 47 municipios en nievl 2 de alerta.
Toque de queda La autorización que ha pedido Sanidad al TSJC abarca prohibir la movilidad de una a seis de la madrugada en 53 municipios, salvo en las excepciones habituales
Seis personas máximo Para evitar que se trasladen las fiestas juveniles de la calle a las casas, se limitan los grupos que se pueden reunir en el ámbito privado y publico a seis personas.
Prohibida la venta de alcohol Esta medida afecta a gasolineras y comercios minoristas, que a partir de las ocho de la tarde ya no podrán vender bebidas alcohólicas
Cierre de ocio nocturno A comienzos de julio, la Consejería de Sanidad ordenó el cierre de los locales de ocio nocturno en todos los municipios que se encuentren en nivel 2 de riesgo
Municipios afectados Rionansa, Campoo de Enmedio, Noja, Hermandad de Campoo de Suso, Vega de Liébana, Arnuero, Castañeda, Arenas de Iguña, Bárcena de Cicero, Camaleño, Reinosa, Valderredible, Mazcuerras, Castro Urdiales, Potes, Los Corrales de Buelna, Santander, Polanco, Piélagos, Entrambasaguas, Miengo, Colindres, Camargo, Torrelavega, Argoños, Cabezón de la Sal, Santa María de Cayón, Santoña, Comillas, Cartes, San Vicente de la Barquera, Medio Cudeyo, Ribamontán al Mar, El Astillero, Meruelo, Puente Viesgo, Laredo, Suances, Ramales de la Victoria, Santa Cruz de Bezana, Cieza, Cabezón de Liébana, Los Tojos, Peñarrubia, Escalante, Santillana del Mar, Ribamontán al Monte, Marina de Cudeyo, Villaescusa, Hazas de Cesto, Selaya, Guriezo y Reocín
La Sala entiende que las medidas que limitan la circulación y las reuniones durante el horario nocturno persiguen «un fin de elevada relevancia constitucional» como es el derecho a la vida, «lo cual no puede justificar sin más cualquier medida restrictiva, pero permite afirmar la preponderancia de tal derecho sobre los que quedan afectados en este caso». En este sentido, señalan los magistrados que aparte de la vacunación «una de las medidas más apropiadas es la limitación del contacto social y de las actividades que lo propician».
Además, reconocen que según los datos aportados por Sanidad, el avance de la vacunación no ha logrado, de momento, parar la expansión del virus mientras que «la disminución de las hospitalizaciones y fallecimientos (fruto de la vacunación) no justifica la inactividad administrativa ante el alarmante aumento de los contagios».
Para el tribunal son «medidas necesarias», porque la actual situación de «continua y acelerada expansión» de la pandemia «no permite optar por medidas menos restrictivas si éstas no tienen el mismo potencial de eliminación del riesgo».
Finalmente, la sala que son medidas equilibradas «pues el beneficio que procuran para garantizar la salud y la vida, y no solo eso, sino la vuelta a una normalidad favorecedora del desarrollo social y económico, equilibra, compensa (si así pudiera decirse) el límite a los derechos afectados que conllevan».
La magistrada Paz Hidalgo ha expresado su voto discrepante pues entiende que la medida planteada por el Gobierno de Cantabria «no supera el juicio de proporcionalidad» ni existe justificación de que la medida «resulte indispensable».
En este sentido, explica la magistrada que se han obviado los parámetros que se utilizan para valorar el riesgo y que se usan para el resto de medidas frente al covid-19, y se «crean nuevos indicadores, exclusivamente para este caso».
Indica, además, que «en la misma fecha en la que se nos solicita la autorización de las medidas restrictivas de derechos fundamentales, la Comunidad de Cantabria, tomando en cuenta todos los indicadores antes referidos y no sólo los elegidos, se encuentra en situación de alerta 1 y ninguno de los municipios a los que afectan las limitaciones se encuentra en nivel de alerta máximo».
«Es cierto que los datos de contagio y presencia son altos, pero no los relativos a la utilización de servicios asistenciales, por lo que no nos encontramos en esa situación extrema que se toma como premisa», añade.
Junto a ello, señala la magistrada cree que si lo que se pretende es que se evitar conductas que se desarrollan por la noche, «existen otros mecanismos o instrumentos jurídicos de intervención que no lesionan derechos fundamentales».
A su juicio, si la situación actual no exige el cierre del interior de la hostelería ni la limitación de zonas interiores de instalaciones, centros deportivos, gimnasios, celebración de ceremonias, «no resulta explicable una limitación tan restrictiva de la vida familiar y personal como es un toque de queda».
Finalmente, entiende que «no resulta explicable que, si el problema se anuda al consumo de alcohol por jóvenes, se acuda como medida restrictiva a aplicar el toque de queda y sólo se plantee como medida preventiva la reducción de horario para su venta a las 20:00 horas, pudiendo adquirirse a las 19:55».
La Consejería de Sanidad publicará este viernes en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la resolución de prórroga del cierre de los locales de ocio nocturno en los municipios de la comunidad que estén en nivel 2 (riesgo medio).
En la actualidad esta medida afecta a un total de 47 municipios de Cantabria, que están en color naranja en el mapa del 'semáforo Covid' debido a la tendencia creciente de la incidencia en la región, ha indicado el Gobierno autonómico en un comunicado.
Así, esta norma, que es susceptible de volver a prorrogarse en función de la valoración del riesgo epidemiológico, tendrá vigencia durante otros 14 días naturales contados a partir de las 00.00 horas de este sábado, 17 de julio.
En concreto, los municipios afectados son Santander, Torrelavega, Castro Urdiales, Camargo, Piélagos, El Astillero, Santa Cruz de Bezana, Laredo, Santoña, Colindres, Marina de Cudeyo, Ribamontán al Mar, Bárcena de Cicero, Noja, Arnuero, Los Corrales de Buelna, Reinosa, Suances, Reocín, Medio Cudeyo, Polanco, Cartes, Entrambasaguas, Miengo, Santillana del Mar, San Vicente de la Barquera, Villaescusa, Campoo de Enmedio, Guriezo, Argoños, Molledo, Santa María de Cayón, Cabezón de la Sal, Ampuero, Castañeda, Ramales de la Victoria, Puente Viesgo, Alfoz de Lloredo, San Felices de Buelna, Comillas, Meruelo, Arenas de Iguña, Hermandad de Campoo de Suso, Potes, Valderredible, Camaleño y Vega de Liébana.
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