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Interior de la Filmoteca, que ha sido remozada recientemente.
La Sociedad de Cultura se querella contra el supervisor de la Filmoteca

La Sociedad de Cultura se querella contra el supervisor de la Filmoteca

Cantabria ·

Detecta un descuadre de 35.000 euros en la contabilidad de la recaudación de las taquillas y le acusa de un delito de falsedad documental

Lola Gallardo

Santander

Miércoles, 5 de junio 2019

La Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte (Srecd) ha interpuesto una querella penal contra el supervisor de la Filmoteca Regional, Marcos Ruiz Sehara, por un presunto delito de falsedad documental, tras detectar un desfase de 35.570 euros en la contabilidad de la recaudación de las taquillas. El proceso ha sido emprendido por la Sociedad Regional de Cultura que aclaró ayer que no afecta ni tiene ninguna relación con el ex responsable de programación y fundador de la Filmoteca, Enrique Bolado, apartado el pasado mes de enero por la Consejería de Cultura. Esta convocó un concurso público para «buscar a una persona que coordine y lleve a cabo todas las labores propias de este centro de forma integral». Desde esta primavera la Filmoteca está dirigida por Antonio Navarro.

La querella ha sido admitida a trámite por el Juzgado de Instrucción número 4 de Santander, que ha llamado a declarar este mes al querellado, así como a dos trabajadores de la sociedad y al que fuera responsable de la programación de la Filmoteca, Enrique Bolado. La querella se interpone contra el supervisor de la Filmoteca, Marcos Ruiz Sehara, según confirmó ayer este periódico el director de la Srecd, Ángel López.

Bolado señaló ayer que no tenía nada que ver con la gestión económica, «sólo con la programación de la sala». Y, en este caso, dijo, «nunca programé los ciclos de películas recogidos en esas facturas». Por su parte, la Consejería de Cultura se mantuvo ayer al margen y evitó pronunciarse sobre la querella.

El consejo de administración de la Sociedad acordó el pasado mes de enero por unanimidad autorizar el ejercicio de acciones judiciales contra el supervisor de la Filmoteca para tratar de resarcir el quebranto patrimonial sufrido por la entidad, a la vez que procedió a su despido disciplinario por infracción laboral muy grave, tal y como consta en la querella, según informa Europa Press.

El querellado tenía encomendada, entre otras funciones, la supervisión y custodia de la recaudación diaria de las taquillas de la Filmoteca por venta de entradas, y su posterior ingreso en una cuenta bancaria de la Sociedad. La querella relata que en junio del año pasado, fruto de una revisión rutinaria, se observó un importante retraso en el ingreso de las recaudaciones en metálico, que en ese momento era ya de seis meses, desde enero de 2018. Cuando le pidieron explicaciones del retraso, se limitó a indicar que «en breve procedería a su regularización». Al cabo de unos días, en vista de que no se producía ningún ingreso y ante la ausencia de explicaciones –relata la querella–, fue convocado a una reunión en la que alegó que «el dinero que estaba pendiente de ingreso había sido empleado para contratar dos ciclos de películas con dos distribuidoras», y aportó facturas proforma de fecha 21 de julio y 22 de agosto por importe de 16.791 y 17.424 euros.

La dirección de La Sociedad decidió entonces iniciar una investigación y contrató los servicios de un auditor externo para determinar si existía algún desfase en las cuentas de la Filmoteca. Además, acordó la suspensión de empleo del supervisor «ante la posibilidad y temor de que pudiera alterar, manipular o eliminar medios que permitieran aclarar los hechos».

El desfase

Iniciadas estas actuaciones, el querellado aportó a la Sociedad dos facturas que sustituían a las proforma anteriores, con fecha 3 de septiembre y 1 de octubre, y en las que se indicaba que estaban pagadas.

El auditor detectó un desfase de 35.570 euros entre las ventas de entradas declaradas y los ingresos realizados, y constató que las empresas que habían emitido las dos facturas no eran proveedores habituales de la sociedad. En respuesta a la solicitud de información de la Srecd envió a estas empresas, una de ellas contestó que el ciclo le fue encargado por el trabajador en cuestión, que ya en ese momento había sido despedido por infracción muy grave, y que ha recurrido el despido en los juzgados de lo social. El citado empresario también contestó que la factura que había emitido, por importe de 17.424 euros, «no está pagada»; y que si manifestó que estaba pagada fue por indicación de aquél, que fue «su único contacto».

En la querella, la Sociedad señala que estos hechos podrían justificar al menos de forma indiciaria la comisión de un delito de estafa, para el que el Código Penal establece una pena de prisión de seis meses a tres años.

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