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Marcos Menocal y E. Press
Santander
Miércoles, 15 de febrero 2023, 21:59
La Audiencia Provincial de Cantabria ha suependido el cumplimiento de la pena de un año de prisión impuesta al expresidente del Racing Francisco Pernía por el Tribunal Supremo, por un delito de apropiación indebida en su etapa al frente del club.
La suspensión, concedida ... por la Sala de la Sección Primera de la Audiencia a petición de la defensa, es por un periodo de tres años y está condicionada a que durante ese plazo Pernía no delinca abone además el resto de la indemnización de 127.337 euros a la que fue condenado.
Así se establece en un auto que se dictó este miércoles, en el que los magistrados advierten a Pernía de que si comete algún delito en los próximos tres años se revocará la suspensión de la ejecución de la pena concedida. Y si no abona la cuantía pendiente, se podrá sustituir, prorrogar o revocar dicha concesión. Al no superar los dos años la condena de prisión impuesta por el Alto Tribunal, la Audiencia Provincial tiene capacidad para suspender la pena con la condición de cumplir con el resto de imposiciones. Los jueces recuerdan que la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad está regulada en el Código Penal siempre que no superen los dos años y por un periodo de dos a cinco años, teniendo en cuenta además la peligrosidad criminal del procesado así como a la existencia de otros procedimientos penales contra él.
Por lo demás, en la resolución de la Audiencia –contra la que cabe interponer un recurso de súplica– señalan que quedan subsistentes los demás pronunciamientos de la sentencia condenatoria, que es firme.
La condena que ahora se suspende fue dictada el pasado mes de julio por el Tribunal Supremo, que absolvió al exmandatario verdiblanco del delito de administración desleal mientras fue presidente del Racing (2006-2011).
También le exoneró de uno de los hechos integrados en el continuado de apropiación indebida por el que había sido condenado, considerándole así solo autor de uno de ellos e imponiéndole la pena de un año de cárcel, tres menos que los acordados por la Audiencia cántabra.
Aunque la resolución del alto tribunal implicaba que no ingresaría en la cárcel –al ser la condena inferior a dos años de prisión–, Pernía solicitó en noviembre la suspensión de la pena y alegó insolvencia, ante lo que la Audiencia insistió en el embargo de bienes: una finca urbana, un coche marca Audi de su propiedad y la parte correspondiente de la prestación contributiva que recibe por importe de 1.222 euros.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo estimó en parte el recurso de casación interpuesto por la defensa contra la resolución de la Sección Primera de la Audiencia Provincial, que también acordó multa de 3.600 euros y una indemnización total de 127.327.
El fallo del Supremo aplicó asimismo la atenuante de dilaciones indebidas y dejó sin efecto las indemnizaciones civiles acordadas en relación con los ilícitos de los que fue absuelto Pernía, declarando de oficio las costas de instancia correspondientes a los mismos.
Pernía fue acusado y condenado por apropiación indebida por la gestión de la escuela de fútbol Racing Primavera en Brasil, por la compra de un coche de lujo y por la indemnización de 100.000 euros por despido o rescisión contractual de José Campos.
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