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Cuando nadie esperaba una resolución al tema, el juez de Competición apareció de la nada a primera hora de la tarde de un jueves cualquiera. Es verdad que a estas alturas, con el racinguismo preparando su gran fiesta para este fin de semana, tampoco cambia ... mucho. Pero su veredicto hace un poco más real el hecho de que el Racing ya debería ser equipo de Segunda División. El responsable del estamento jurídico de la Federación Española de Fútbol, José Alberto Peláez, no le dio la razón al Deportivo en su reclamación por presunta alineación indebida múltiple del Bilbao Athletic. En un partido que se disputó hace ya 18 días. Eso significa que no le otorga el triunfo por 0-3 en Lezama y se tendrá que conformar con el empate a uno que se dirimió sobre el terreno de juego. Por lo tanto, se queda a trece puntos de distancia del Racing, con tan solo doce por repartirse. Sin embargo, el equipo de Guillermo Fernández Romo sigue sin poder cantar el alirón, porque el club gallego tiene díez días para apelar al siguiente escalón: el Comité de Apelación. Ylo hará, porque necesita los dos puntos en su pelea por la segunda plaza y porque considera que tiene razón.
Pese a que la decisión convierte al Racing en campeón virtual, en las oficinas de los Campos de Sport entienden que la situación apenas cambia por la posibilidad de un nuevo recurso. «Tenemos que mantener la concentración en el partido y asegurar el ascenso en el campo, que además es lo más deportivo e ilusionante para la afición», afirma el director general del club verdiblanco, Víctor Alonso.
Por lo tanto, en la entidad de El Sardinero, con una renta de puntos enorme, prefieren esperar a un fin de semana en el que se espera una fiesta. El equipo cántabro precisa un solo punto en el partido del domingo –12.00 horas– frente al Celta B para proclamarse campeón. Aunque el alirón oficial podría adelantarse un día y sin la necesidad de saltar al terreno de juego, porque en caso de que el Deportivo no sea capaz de vencer mañana –19.00 horas– a la Unión Deportiva Logroñés en Riazor, los de Romo llegarán a su compromiso dominical con el único objetivo de celebrar el título con su afición.
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La situación, en la temporada de estreno de la Primera RFEF, se ha convertido en un esperpento. Tanto, que el propio juez de Competición es crítico con la reglamentación de la Federación Española y, ante la falta de claridad de los textos, ha tomado esta decisión, «a mi pesar», dice. Explica que los argumentos esgrimidos por el Deportivo son válidos. Y también los empleados por el Bilbao Athletic. Por lo cual, en esa tesitura, entiende que no puede castigar al infractor.
El 10 de abril, en plena jornada 31, mientras el Racing ganaba en Villaviciosa de Odón al Dux, Bilbao Athletic y Deportivo igualaban en Lezama. Pero el club gallego se guardaba una bala que anunció el entrenador blanquiazul, Borja Jiménez, en la rueda de prensa posterior: «No sé lo que pasará, es un tema de club. No conozco mucho la norma, pero no contaba con que participaran. Era la información que internamente teníamos al hacer el análisis del rival. Está claro que si no pueden jugar y han jugado, el club reclamará». Hablaba de Juan Artola y Youssouf Diarra, que vieron la quinta cartulina amarilla en la jornada 29 frente al Tudelano. En la jornada 30, el cuadro vasco debía visitar al expulsado Extremadura, en un choque que se le dio por ganado —como al resto de equipos del grupo– sin jugar. Por eso en Riazor entendieron que los futbolistas no habían cumplido su castigo. Y por eso mismo, en Lezama entendieron que los futbolistas sí habían cumplido su sanción. En esa misma rueda de prensa, el entrenador rojiblanco, Patxi Salinas se mostró convencido de que podía alinear a sus jugadores. Incluso habló de una consulta a la Federación Española para despejar dudas.
El Deportivo denunció el asunto el 11 de abril y el Bilbao Athletic presentó sus alegaciones al respecto. Y, a tenor de lo expuesto por el juez de Competición en su extenso escrito de ocho páginas, la vaguedad del reglamento federativo ha sido el principal aliado del filial vizcaíno para recibir la razón. Algo que ha resultado sorprendente, porque incluso en el Racing daban por hecho que le otorgarían el triunfo al segundo clasificado.
La entidad gallega argumentó en su escrito que, «al no haber existido celebración del partido entre Extremadura y Bilbao Athletic, no existiendo partido ni acta no resulta posible que los jugadores pudieran cumplir la sanción». Y para darle solidez incluso adjuntó algunos precedentes que iban en la misma línea de su denuncia.
Por su parte, el Athletic formuló alegaciones explicando que, a su entendimiento, «el cumplimiento de las sanciones debía tener lugar frente al Extremadura, aunque este club hubiera sido excluido de la competición. Ylo sustenta en la estipulación contenida en el artículo 59.1, párrafo segundo del Código Disciplinario, en el que se dispone que «Tratándose de la infracción prevista en el artículo 77, la declaración del oponente como vencedor del partido supondrá el partido disputado a todos los efectos». Entre ellos, los efectos disciplinarios.
«Es aquí donde surge la controversia –explica el juez de Competición–:si el partido de suspensión de ambos jugadores debería cumplirse en el partido 'no disputado' con el Extremadura, en el que se le había dado por vencedor al Bilbao Athletic o en el siguiente, disputado contra el Deportivo, que es precisamente objeto de denuncia».
En el sexto apartado del escrito, incluso da la razón tanto a argumentos del denunciante como a otros del denunciado, pero como tiene que tomar una decisión: «En definitiva, este juez considera que si nos encontráramos en una jurisdicción civil, la interpretación de las citadas normas debería concluir con el acogimiento de la tesis del club denunciante, pero como nos encontramos ante un ámbito disciplinario sancionador, la descripción de los hechos punitivos debe mostrar una mínima claridad, que no se compadece con una adecuada resolución de la controversia planteada», explica. Vamos, que la reglamentación de la Federación no deja nada claro un supuesto como el sucedido y por eso, «la conclusión, por tanto, no puede ser otra que aplicar la norma más favorable para el infractor, muy a pesar, insisto, de lo que debería ser en opinión de este juzgador». Así, se emplaza a dar «traslado a los órganos competentes para la eventual modificación del texto disciplinario en el sentido que el legislador considere adecuado».
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