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LEILA BENSGHAIYAR
Martes, 4 de agosto 2020, 07:18
Francisco Pernía está dispuesto a agotar todas la vías a su alcance para revocar su condena de cuatro años de prisión por un ... delito continuado de apropiación indebida y administración desleal durante su mandato, de cinco años (2006-2011), en el Racing. O en su defecto, en una acrobacia judicial, el de Cóbreces busca rebajarla de tal manera que la pena sea insuficiente para hacerle cruzar el umbral de la cárcel. Como avanzó este periódico, el expresidente ya había presentado el escrito previo al recurso de casación y ahora ha formalizado el recurso, al que ha tenido acceso El Diario, ante la sala 2 sección 34 del Tribunal Supremo Penal de Madrid, que será quien dicte la última palabra sobre el destino de Pernía.
En el recurso, que firma la procuradora María Ángeles González Rivero, se plantea que la sentencia y su correspondiente condena vulneran los derechos constitucionales del expresidente del Racing. El recurso afirma que durante el proceso no se ha respetado la presunción de inocencia de Pernía y se insiste en que tampoco se ha llevado a cabo un proceso con todas las garantías que establecen el derecho constitucional.
«Nadie puede ser condenado sin pruebas de cargo válidas, y a pesar de ello, D. Francisco Pernía Calvo ha sido condenado», reza el escrito. «Se le condena con unas penas severísimas por actos naturales y sin acreditada trascendencia penal, como la adquisición de un vehículo para uso profesional con un coste para el club de menos de 13.000 euros», señala el recurso. Se refiere al Audi S8 de alta gama con cargo al Racing que se adquirió en 2010. Un vehículo valorado en casi 50.000 euros y que se agenció a pesar del convenio publicitario que el Racing tenía suscrito con el concesionario Auto Gomas por el que cedía el uso de una flota de seis coches y dos furgonetas al club. Un coche conocido además por la frase «algún capricho me tenía que dar», que pronunció en los medios el propio expresidente.
AUDI S8
La Audiencia Provincial de Cantabria consideró en su fallo que este era uno de los motivos para imponer a la condena de administración desleal continuada, pero la defensa de Pernía estima que es incorrecto. Según el recurso que ha presentado al Supremo, el valor del coche no supone un gasto desorbitado, como figura en la sentencia. «El coste real neto del vehículo finalmente fue de tan solo 12.402,59 euros y resultó inferior al de los vehículos 'cedidos' en alquiler por Auto Gomas, SA», exponen para justificar el gasto. Sus argumentos se basan en que el club entregó el anterior vehículo, un A8 de 2007, como parte del pago a la financiera Volkswagen Finance SA; y que para el Racing el coste mensual del nuevo Audi fue solo de 18,46 euros al día.
MÁXIMOS ACCIONISTAS
«Es obvio que la adquisición de un vehículo de alta gama por parte de una entidad para el uso propio de las funciones de sus directivos o ejecutivos no constituye, per se, delito alguno. Siendo, por lo demás, una práctica habitual en el mundo empresarial», especifican en el recurso, donde detallan que Pernía utilizaba el coche para asistir a los partidos de Liga disputados como equipo visitante y para desplazarse a las frecuentes reuniones con la LFP, la RFEF, y con el accionista mayoritario al 99,86% del club, Silver Eagle, en Madrid. Algo que corroboró Roberto Bedoya, director general y secretario del Consejo de Administración del Racing en su testimonio en sede judicial.
Lo cierto es que Pernía defiende su gestión al frente del Racing y en ningún caso considera que haya incurrido en delito alguno mientras ha sido presidente del club cántabro. Una convicción que deja clara en su recurso y apela a que durante su mandato no ha habido queja alguna por parte de los accionistas mayoritarios, Silver Eagle. «Es llamativo que, tratándose de un delito de apropiación indebida, quienes fueron propietarios de la inmensa mayoría del club (del 99,86% de las acciones) en el momento de los hechos, nunca han formulado denuncia ni reclamación alguna contra mi representado por estos mismos hechos», aduce la defensa.
INDEMNIZACIÓN A JOSÉ CAMPOS
Además, Pernía no ha perdido la oportunidad de señalar que no firmaba ninguna factura que no contuviera previamente el sello de 'Gasto autorizado de conformidad' por parte de la gerencia del Racing, en un intento de descargarse de parte de la responsabilidad.
En cuanto al pago de la indemnización de 100.000 euros al exconsejero José Campos a través de su empresa, Galería Culturas, la defensa de Pernía sostiene que «no hay duda de la naturaleza lícita del abono». Esto se traduce en que como Campos contaba con un contrato oral no se conocen los términos y condiciones de éste. Y al estar contratado como 'Servicios profesionales' procede una indemnización, según argumenta el recurso del expresidente. Además, expone que la decisión de abonarle el pago no se tomó a espaldas del Consejo, ya que Roberto Bedoya fue quien negoció con el empresario.
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