Secciones
Servicios
Destacamos
El 28 de julio de 2018, más de 10.000 personas se quedaron con las ganas de ver a David Guetta en Santander. Cuando había pasado más de una hora sobre el inicio previsto de su concierto en la campa, los organizadores anunciaron que el show no iba a producirse ... . ¿El motivo? Una supuesta avería en el avión del artista le impedía llegar a la capital cántabra. Compuestos y sin el espectáculo por el que habían pagado, los asistentes, que amenizaron las horas de espera haciendo gasto en las barras del recinto, se retiraron indignados, pero, por suerte, sin altercados.
A partir de ahí, la devolución del importe de las entradas, un procedimiento habitualmente automático, comenzó a demorarse. A día de hoy, solo una pequeña parte de los 7.500 afectados que han presentado denuncias para recuperar su dinero (en torno a 550.000 euros) han visto cumplida la meta. El resto solo tiene la opción de esperar, máxime después de que la justicia haya declarado fortuito el concurso de acreedores de Delfuego Booking, co-concesionaria junto a Heart Of Gold de la UTE La Campa, organizadora del evento.
La decisión del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander supone eximir a los administradores de la empresa de responsabilidad frente a los acreedores, de forma que no tendrán que hacer frente al déficit concursal que resulte tras la liquidación.
El letrado de Delfuego, Vicente González, sostiene que es difícil calcular cuándo podrán los afectados recuperar parte del importe de las entradas, ya que los plazos se van a demorar tanto por el reciente recurso de Guetta contra la sentencia que anuló el arbitraje internacional como por los efectos de la declaración del estado de alarma por la epidemia de coronavirus.
Durante una rueda de prensa celebrada en Madrid en el mes de septiembre para presentar su último trabajo, David Guetta mostró su sorpresa ante preguntas de los periodistas sobre este proceso. Afirmó haber devuelto el importe de su caché y calificó de «ridículas» las acusaciones, indicando que estaría «feliz» de demostrarlo en los tribunales.
Ese caché es una especie de Guadiana económico que va y viene, y difiere según la documentación presentada a concurso al Ayuntamiento, la cifra dada por la organización tras la cancelación (de 180.000 a 250.000 euros) y la ofrecida por el DJ y su equipo. Así, el artista devolvió «parte» de su caché (203.000 euros) pero la promotora pretende reclamar el resto del caché además de gastos directos e indirectos sufridos y daños y perjuicios, «aventurando una reclamación superior a los 600.000 euros», practicamente el mismo importe recaudado con la venta de entradas de esa noche, que no se ha devuelto aún a los afectados por la suspensión. Por el momento, no hay documento definitivo que acredite ninguno de estos extremos y tendrá que ser el tribunal quien dilucide.
«Estafado desde el principio», así asegura sentirse uno de los afectados por este procedimiento legal que parece alargarse cada vez más en el tiempo. «Siguieron vendiendo alcohol en las barras a precios desorbitados sabiendo que el artista no se iba a presentar», continúa «Se dijo que devolvió parte del caché y nadie sabe a dónde ha ido ese dinero, pero es evidente que a resarcir al público no ha ido» señala. «También se dijo que los promotores habían avalado con garantías personales. ¿Dónde están esas garantías? Al final los únicos paganos han sido los fans», concluye.
Otro de los asistentes se reconoce «indignado». «Llevamos desde 2018 y en ningun momento se nos ha dado ni una garantia de plazo o importe a devolver»
Son muchos los que, formando parte de las solicitudes de devolución planteadas, sin embargo, ya no esperan buenas noticias respecto a su dinero: «A estas alturas no confiábamos en recuperar el importe de las entradas. Esto pone de manifiesto la desprotección del consumidor ante errores cometidos por la organización».
El juez de lo Mercantil, Carlos Martínez de Marigorta, declara fortuito el concurso y ordena el archivo del procedimiento en un auto fechado el pasado 13 de marzo al que ha tenido acceso Europa Press, y contra el que no cabe recurso.
El auto, de apenas una página a pesar del complejo proceso planteado, señala únicamente que tanto la administración concursal como la Fiscalía han calificado como fortuito el concurso. En estos casos de coincidencia en la calificación de fortuito, la Ley Concursal dispone que el juez, «sin más trámites, ordenará el archivo de las actuaciones mediante auto contra el que no cabe recurso alguno».
Tras el fallido concierto de Guetta, la empresa solicitó concurso voluntario por «insolvencia súbita e inesperada» provocada por el «incumplimiento grosero y grave» del dj y falta de liquidez para atender un reembolso de entradas «tan masivo y cuantitativamente importante».
La empresa defendió que solicitar la declaración del concurso de acreedores voluntario era una decisión «responsable» que redundaría «en beneficio» de los afectados por el «no concierto», ya que garantiza que la devolución de las entradas se haga «en el marco del concurso, de forma igual y ordenada y siguiendo las prescripciones de la administración concursal. ¿Cuándo y cómo? No se sabe, entre otras cosas porque al no haber contratado un seguro de incomparecencia, la organización no puede ampararse en este margen legal. Una condición que, tras los conciertos de la campa, el Ayuntamiento de Santander ha exigido como parte del pliego de condiciones para adjudicaciones posteriores.
El socio de Del Fuego Booking en la UTE (unión temporal de empresas) La Campa, Heart of Gold, también presentó concurso voluntario y solicitó la liquidación. En ambos casos, sin haberse resuelto la situación y bajo otras denominaciones, ambas empresas han reanudado su actividad, organizando ciclos de conciertos y festivales, en algunos casos con respaldo de las administraciones públicas.
En octubre de 2019, el Juzgado de lo Mercantil aprobó el plan de liquidación presentado por el administrador concursal de Delfuego Booking, el abogado Calixto Alonso del Pozo, quien sostiene que la incomparecencia del Dj francés David Guetta el 28 de julio de 2018 en Santander llevó a la empresa organizadora a una situación de «insolvencia irreversible».
El caso llegó incluso a la vía penal cuando un millar de afectados por la no celebración del concierto de David Guetta en Santander se unieron para presentar una querella contra las dos empresas de la UTE La Campa por supuestos delitos de estafa, apropiación indebida e insolvencia punible. El intento no prosperó ya que la admisión a trámite fue rechazada por el juzgado de instrucción, inadmisión que después ratificó la Audiencia provincial.
Apenas cinco días después del fallido concierto y cuando la rueda empeaba a girar en un recorrido mucho más largo de lo previsto, el consejero de Industria y Turismo, Francisco Martín, responsable también del área de Consumo, pidió al Ayuntamiento de Santander y a la promotora de los conciertos de la Semana Grande en la Campa de la Magdalena, que la devolución de las entradas del concierto de David Guetta se realizase «de la forma más ágil y transparente posible para los consumidores». A preguntas de la prensa, Martín afirmó que el Gobierno «estará a lo que dice la norma» en materia de consumo. Al respecto, ha dicho que estarían «muy atentos» a lo que hagan el Ayuntamiento y la promotora con la devolución de las entradas, porque «hay una serie de derechos de los consumidores que deberán ser respetados».
También se manifestó el concejal de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Santander, Miguel Saro, que pidió al equipo de Gobierno municipal (PP) que facilitara el proceso de reclamación a los perjudicados.
El PSOE también se hizo eco de las reivindicaciones en palabras de su secretario general en Santander y entonces portavoz municipal en el Ayuntamiento, Pedro Casares, que ha exigido a la alcaldesa, Gema Igual (PP), que en vez de pedir «explicaciones a los organizadores» del fallido concierto de David Guetta les exija la devolución íntegra del dinero de las entradas de la actuación, que concitó a cerca de 10.000 personas.
Paralelamente, el Juzgado de lo Mercantil anuló la cláusula del contrato entre Del Fuego Booking y el dj que establecía que el arbitraje por la incomparecencia del artista en esta actuación se tenía que celebrar en Londres, lo que supondría que Guetta tenga que someterse a juicio en Santander. En todo caso, la empresa espera que «no haya que llegar a ese punto y que puedan llegar a un acuerdo extrajudicial».
La sentencia del Juzgado de lo Mercantil no es firme ya que ha sido recurrida por el dj francés en apelación ante la Audiencia provincial de Cantabria, que tiene ahora la última palabra.
El juzgado estimó la petición de Del Fuego Booking de anular dicha cláusula del contrato al entender que un arbitraje internacional generaría «perjuicio» para la tramitación del concurso «al punto de convertirlo en inútil».
El juez considera que «el perjuicio es evidente desde el momento en que la posibilidad de que los múltiples acreedores» de la concursada --esto es las miles de personas que compraron la entrada para el concierto-- «pudieran llegar a algún tipo de recuperación de sus créditos en el concurso pasa por el éxito --por lo tanto por la posibilidad-- de la reclamación de la promotora concursada frente al artista francés, presuntamente responsable del incumplimiento contractual».
Además, se señala que el arbitraje internacional supone una «dilación temporal importante» y unos «elevados costes inasumibles para un concurso sin tesorería y sin apenas masa activa».
El abogado de Del Fuego explica que la fase de liquidación de la empresa está prácticamente concluida, y cuando finalice la venta de los bienes se procederá al pago a los acreedores, siguiendo las reglas de orden y prelación de la normativa concursal.
En octubre de 2019, el Ayuntamiento de Santander impuso una sanción de 15.025 euros a las dos empresas por la suspensión del concierto.
Tambien ordenó la devolución del dinero de las 130 entradas que se reclamaron a través del servicio de consumo del propio Ayuntamiento y rechaza la indemnización por daños y perjuicios.
Tras el fallido evento, el Consistorio inició dos procedimientos, uno en base a la Ley de Espectáculos y otro por el incumplimiento eventual de la Ley de Consumo. Por el primero, es por el que se impone a las dos empresas la sanción de 15.025 euros por infracción muy grave, y por el segundo, se les requiere la devolución del importe de un total de 130 entradas, que sólo corresponden a las personas que reclamaron a través del servicio de consumo del Ayuntamiento, y que ascienden a 7.248 euros.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.