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La declaración de la Renta de este año tiene varias novedades, entre ellas la desgravación de los gastos de guardería hasta un máximo de 1.000 euros al año dentro del programa de ayuda a las madres trabajadoras. Esta medida positiva se ha visto ... enturbiada por la queja de «agravio comparativo» lanzada por la Asociación de Guarderías y Escuelas Infantiles de Cantabria (Asguesin). El motivo es que la Agencia Tributaria sólo está contabilizando de oficio los gastos de centros infantiles inscritos en el registro oficial de la Consejería de Educación.
La presidenta de la Asociación, Rosa Blanca Angulo, ha remitido una carta a la delegada en Cantabria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Carmen Gómez, en la que expresa su malestar por este hecho. En la misiva deja constancia de «la situación de agravio comparativo que estamos sufriendo como centros que atienden a niños de 0 a 3 años».
Angulo muestra su «indignación» ya que «no entendemos, ni compartimos, el criterio restrictivo en la interpretación de la norma» por parte de la Dirección General de Tributos -expresa en la carta- «al exigir, para que los usuarios puedan disfrutar de esa deducción, una doble autorización municipal y autonómica».
Destaca que «nuestros centros son completamente legales y conocidos de la Agencia Tributaria». Así, recuerda que están dados de alta en el correspondiente epígrafe de actividades económicas. En noviembre estas guarderías recibieron la comunicación sobre la declaración informativa por gastos que presentaron en plazo.
Además, las guarderías de la Asociación están sujetas al convenio colectivo de centros de Enseñanza y Educación Infantil y tienen suscritos varios acuerdos con la Consejería de Educación, según argumenta la presidenta de Asguesin. Otro aspecto aportado a la delegada es que el Servicio Cántabro de Empleo admite el certificado de guardería «que rellenamos» para las subvenciones destinadas a la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de mujeres trabajadoras o desempleadas.
Angulo considera que «la interpretación» de la norma «supone una discriminación de nuestros centros respecto de centros públicos de similares características». Como ejemplo, apunta que el Instituto Cántabro de Servicios Sociales también ha comunicado a la Agencia Tributaria los importes satisfechos por las familias que utilizan los cinco centros de Atención a la Primera Infancia de que dispone. Cree que estos últimos no son guarderías «sino centros para atender a familias en riesgo de exclusión y desigualdad social». Añade que «no pertenecen al sistema educativo y, en consecuencia, no están reconocidos» por la Consejería de Educación.
Según datos de la Seguridad Social, Angulo precisa que «somos 70 las empresas que cotizan en el epígrafe» correspondiente, mientras en el listado de la Consejería de Educación «no llegan a 20». Por ello, lamenta que «se quedarán sin deducción la inmensa mayoría de las familias que tienen hijos de 0 a 2 años».
El departamento de comunicación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria informó a este periódico que según la Ley los únicos gastos de guardería que se pueden desgravar son los de centros incluidos en los registros oficiales de las respectivas comunidades autónomas: «No es un caso sólo de Cantabria sino de toda España». La desgravación se incluye de oficio en la declaración por Hacienda cuando se cruzan dos datos: que se haya recibido la declaración informativa por parte de los centros y que la guardería esté autorizada en el registro.
De cualquier manera, las mismas fuentes señalaron que las madres pueden aplicar el gasto en su declaración «si creen que tienen derecho a ello», y después esa información se revisará por la Agencia Tributaria. Deben de ser, por tanto, las madres las que deben preguntar a su centro si están en el registro.
Desde el Gobierno de Cantabria también se indicó que la inclusión de los centros infantiles en el listado oficial, donde aparecen 35 privados, está regulado por el Ministerio de Educación y «hay que cumplir unos requisitos mínimos de instalación y profesores». Así, entre otras cuestiones, deberán tener un patio de juegos de uso exclusivo, por cada nueve unidades o fracción, con una superficie mínima de 75 metros cuadrados; un espacio diferenciado destinado a la preparación de alimentos y otro para el descanso de los pequeños.
En cuanto al profesorado, los niños de 0 a 3 años deberán ser atendidos por profesionales que posean el título de maestro con la especialidad de Educación Infantil, grado equivalente, o el título de Técnico Superior en Educación Infantil.
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