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El Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal aprobado el pasado martes por el Consejo de Ministros recoge una modificación en los criterios para valorar los inmuebles que, en la práctica, llevará a una subida de impuestos en varios ... de los principales gravámenes de las comunidades.
En concreto, la normativa tributaria modificará la base imponible de las operaciones inmobiliarias en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, Patrimonio, Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD). Es decir, el cambio fundamental pivotará en torno a que a partir de ahora la base imposible ya no será el 'valor real' que refleja la escritura pública, sino el 'valor de mercado' que calcule el Catastro, entendido como el precio más probable por el cual podría venderse la propiedad. En consecuencia, ya no se tendrá en cuenta el precio que declare el contribuyente ni la Administración tendrá que visitar el inmueble para conocer su estado de conservación. De forma directa se tomará como válido ese valor de referencia, que puede dar lugar en multitud de casos a que sea superior al precio por el que se transmite una vivienda.
Como recoge la memoria del proyecto de ley recién aprobado por el Consejo de Ministros, tal concepto ha generado abundante litigiosidad y frecuentes problemas de justicia tributaria para los contribuyentes. Esta modificación se sustenta precisamente en esa idea, la de blindar la seguridad jurídica, aunque por el camino supondrá una mayor recaudación en un momento de debilidad del erario público.
Gobierno de Cantabria
Antonio Avilés - Inmobiliaria Mikeli
Víctor Carpintero - Gestores administrativos
Por ello, la nueva regulación antifraude defiende que la Dirección General del Catastro elabore un «valor de referencia de mercado» que será el utilizado a efectos de pagar impuestos. Esta estimación, fundamentada en los precios de las operaciones que se hayan realizado en la misma zona donde esté situado el inmueble que se compra o se hereda, pasará a determinar la base imponible de los impuestos de Sucesiones y Donaciones y Transmisiones Patrimoniales. Asimismo, se incorporará a la relación de valores para calcular el gravamen de Patrimonio.
Hacienda aduce que el cambio se ha logrado con el consenso de las autonomías. Desde la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Cantabria defienden que «el tema del valor de referencia tiene su base en dar seguridad jurídica en la valoración de bienes inmuebles a efectos fiscales, evitando el exceso de litigios derivados de la comprobación de valores. Se está pendiente de una firma de un convenio con el Catastro para poder avanzar en la aplicación de ese valor de referencia».
Entre los profesionales inmobiliarios, en cambio, se ve de otra forma. Antonio Avilés, de Mikeli, asegura que «claro que se va a notar. Es indudable que es una subida encubierta muy hábil por parte del Gobierno. Cuando cobro el porcentaje de una transacción, elevo el porcentaje o el importe. Han optado por incrementar los valores», comienza el empresario.
Avilés recuerda que «la gente se vuelve un poco loca con las diferentes tasaciones que hay. Las sociedades de tasación tendrían que ser independientes para que las valoraciones fueran totalmente objetivas. En este caso concreto es evidente que el sistema está manipulado por el Gobierno y van a subir el impuesto sin elevar el porcentaje de cara al voto popular de la ciudadanía».
Víctor Carpintero, presidente del Colegio de Gestores Administrativos de Cantabria, opina que «están aplicando ajustes por todos los lados para aumentar la recaudación. Ahora recuperan un índice que estuvo empleándose y daba problemas. Se basa en el Catastro, pero sus valores serán superiores. No afecta directamente ni a la plusvalía municipal ni al IRPF ni a Sociedades; pero sí a Patrimonio, Transmisiones y AJD. Es una vía para financiar a las autonomías», manifiesta.
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