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El futuro procesal de los empresarios que impulsaron la fábrica de estufas de Ecomasa en Maliaño continúa aclarándose. Después de que la jurisdicción mercantil declarara fortuito el concurso de acreedores , ahora el Juzgado de lo Penal nº 1 de Santander acaba de absolver a ... Andrés de León y Jesús Lavín como autores criminalmente responsables de un delito de administración desleal y otro de falsedad documental.
En un fallo reciente, la jueza Susana Bello no sólo desestima contundentemente las acusaciones, tanto de Sodercán como del Instituto Cántabro de Finanzas (ICAF) y el comité de empresa, sino que no se guarda reproches contra la Administración cántabra, que comprometió 18 millones de euros en la factoría, el grueso de ellos entre los años 2011 y 2015 bajo la gestión del Partido Popular.
La magistrada llega a estas conclusiones tras la prueba practicada y una vez examinadas cada una de las operaciones enjuiciadas, de lo que colige que no se consideran «actuaciones irregulares de la sociedad». En paralelo, tampoco aprecia «perjuicio para Ecomasa ni sus socios», incluidas las sociedades públicas.
No sólo eso. En la sentencia, Bello recoge que tanto el ICAF como Sodercán estaban al tanto de «todas» las operaciones objeto del proceso penal. «Ha de ponerse de manifiesto, con contundencia, que los acusados en ningún momento desempeñaron actividades empresariales ni realizaron operaciones que supusieran actuar al margen de las entidades referenciadas (ICAF y Sodercán)», manifiesta la magistrada.
El razonamiento penal continúa así el argumentario ya armado durante el proceso mercantil por el que se declaró la insolvencia de la planta, que incorporó igualmente a los 88 trabajadores de TEKA que tuvieron que salir de la fábrica santanderina en medio de un proceso de reorganización.
De vuelta a la sentencia, la jueza entiende que de la prueba practicada en la vista oral, celebrada durante dos jornadas en noviembre, «queda claro y reconocido que todas las operaciones que realizaban y concluían los acusados eran conocidas, examinadas, informadas y aprobadas por ICAF y Sodercán; éste último en su condición de socio«. También resalta que durante ese ejercicio »la Administración no planteó reparo ni cuestionó tales operaciones«.
De León y Lavín se enfrentaban igualmente a una petición de la Fiscalía de 8.100 euros de multa y una indemnización conjunta de 3,2 millones por el «abuso» en la adopción de decisiones «perjudiciales» para Ecomasa y Sodercán. Con este primer fallo se allana sobremanera su situación. No obstante, la sentencia no es firme y puede recurrirse.
La causa fue iniciada por los propios empleados de TEKA para intentar recuperar –sin éxito– los tres millones de sus indemnizaciones por despido en la planta de electrodomésticos de Santander aportados al fracasado proyecto de Camargo. Después se sumó el Gobierno de Cantabria a través del ICAF y Sodercán, que también pedían cuatro años y medio de cárcel para cada uno de los investigados, en tanto que el comité de empresa rebajó a esa misma pena su petición, inicialmente de hasta siete años. En paralelo, los dos dueños y el administrador de Ecomasa fueron inhabilitados tras declararse culpable el concurso.
La Fiscalía tildó de «fraudulenta» algunas de las operaciones cruzadas entre sociedades del Grupo Ecomasa. No lo ve así la magistrada.
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