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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha dado la razón a un funcionario interino dependiente del Ministerio del Interior en Cantabria que vio vulnerado su derecho a acogerse al permiso de nacimiento de progenitor diferente de la madre biológica en tiempo y forma ... por parte de Delegación de Gobierno. Como consecuencia, «el trabajador permaneció dos meses sin ingresos al habérsele suprimido su legítima prestación, concedida por la Seguridad Social, correspondiente a dos meses de sueldo», según señalan desde la asesoría jurídica de CSIF, encargada de su defensa legal y organización de la que es delegado el damnificado.
Los hechos sucedieron con el nacimiento de su hija el 6 de mayo de 2020 en pleno confinamiento tras la llegada del covid a España. En este contexto, el empleado público en cuestión solicitó su permiso de paternidad de 12 semanas ininterrumpidas (cuatro semanas seguidas al parto del 6 de mayo al 2 de junio y las 8 últimas semanas del 3 de junio al 28 de julio). «Mi mujer y yo solicitamos el permiso a la vez y de forma continuada, ya que éramos padres primerizos y, en ese momento de la pandemia, no podíamos contratar a nadie ni contar con la ayuda de familiares», explica el perjudicado que, finalmente, no logró disfrutar su derecho al mismo tiempo que su compañera.
Según explica CSIF, todo iba como debería hasta que la Delegación de Gobierno denegó el permiso. De este modo, «me comunican el viernes 29 de mayo, siendo festivo el lunes 1 de junio, que no podría continuar el permiso de paternidad el 3 de junio si no justificaba la situación laboral de la madre, una petición improcedente e irrelevante que me dejó indefenso durante la época dura del confinamiento», detalla el afectado. La Delegación de Gobierno sostuvo de forma «incorrecta» que «no me podía coger el permiso de manera continuada si mi esposa trabajaba». Algo que ha quedado «desacreditado» en el Tribunal, tal y como se recoge en la sentencia, consultada por El Diario. Por ello, el funcionario se vio forzado a disfrutar su permiso de paternidad más tarde, en un momento no deseado.
Sin embargo, lo peor estaba por llegar. El profesional, forzado por la decisión de Delegación de Gobierno de reincorporarse antes de tiempo a su empleo, solicitó suspender el cobro de la prestación que le había concedido la Seguridad Social a fin de no percibir su nómina al mismo tiempo. Una comunicación efectuada «de buena fe» que, debido a la ineficacia de la Administración, le dejó dos meses sin ningún ingreso y conllevó posteriormente la denegación del cobro de la prestación de paternidad.
La propia sentencia recoge que Delegación «después reconoce su error y solicita al Instituto Nacional de la Seguridad Social que se subsane de oficio la resolución de extinción de la prestación del actor». No obstante, y puesto que la Seguridad Social ha venido recurriendo el fallo inicial del Juzgado de lo Social de Santander, tal cantidad todavía no se había abonado. Ahora el afectado ha pedido la ejecución de la sentencia y estudia reclamar una compensación.
CSIF señala la «exhaustiva» labor realizada por su asesoría jurídica en Cantabria, que «ha logrado enmendar el daño ocasionado a nuestro delegado debido a una interpretación errónea y precipitada de la norma, efectuada de manera irresponsable por la Delegación de Gobierno», concluyen fuentes sindicales.
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