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La Justicia Europea vuelve a defender la conversión en fijos de los interinos, que son unos diez mil en Cantabria

La Justicia Europea vuelve a defender la conversión en fijos de los interinos, que son unos diez mil en Cantabria

Llama a los jueces españoles a aplicar esta solución «siempre que no implique una interpretación del Derecho nacional contraria a la Ley»

J. M. Camarero / J. Lastra

Santander

Jueves, 13 de junio 2024, 11:44

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avala que los interinos de larga duración de la Administración Pública pasen a ser funcionarios por derecho y para restituir la discriminación que supone los años vividos laboralmente en esa situación de inestabilidad. Es el resumen de un fallo conocido este jueves que podría afectar a unos diez mil interinos cántabros y del que estaban pendientes tanto trabajadores como sindicatos y academias. Ahora, la Corte de Luxemburgo insiste en que se deben hacer indefinidos a quienes encadenen durante años contratos precarios porque, según indica, la ley española no contempla ninguna forma suficiente de sanción a la Administración por abusar de los interinos con contratos temporales que se alargan años.

De esta forma, considera que la conversión a fijos «puede constituir una medida adecuada para sancionar de manera efectiva la utilización abusiva de sucesivos contratos o relaciones de empleo de duración determinada». Con este fallo, la Justicia europea ratifica la posición que ya fijó el pasado mes de febrero, en la que instaba a esta conversión sin tener que pasar por pruebas adicionales.

Esta última sentencia -dentro de un reguero de fallos que se vienen sucediendo desde hace meses tanto en Estrasburgo como en España- es la respuesta a la petición de tres trabajadoras interinas de la Generalitat de Cataluña y cuya plaza quedó ocupada por un funcionario de carrera que alegaban que su trabajo no respondía a necesidades temporales, urgentes y excepcionales, sino ordinarias, duraderas y permanentes, algo que consideran abusivo por parte de la administración, y solicitan que su contrato temporal de larga duración se transforme en indefinido.

En su sentencia, el TJUE da la razón a las trabajadoras y señala que, a falta de medidas adecuadas en la legislación nacional para prevenir y, en su caso, sancionar los abusos, la conversión de los contratos o de duración determinada en indefinido puede constituir una medida adecuada de prevención y reparación de abuso, aunque recuerda que corresponde a los juzgados nacionales garantizar que esa conversión no implica una interpretación contraria a la ley.

El criterio de Estrasburgo vuelve a chocar con el establecido recientemente por el Tribunal Supremo, cuyo criterio pasa porque solo se pueden hacer fijos aquellos puestos que superen oposiciones. Ahora, Europa indica que serán los juzgados españoles los que tendrán que volver atrás a la jurisprudencia del Supremo «si esta se basa en una interpretación de las disposiciones de la Constitución incompatible con los objetivos del Acuerdo Marco y de la Directiva europea».

El criterio del Alto Tribunal supuso un jarro de agua fría para los miles de interinos que llevan años encadenando contratos y esperaban convertirse en funcionarios de la noche a la mañana. Pero el Supremo apuntó que esa no era la vía para romper con el abuso de la temporalidad por parte del sector público -donde alcanza un 30% del total, frente a poco más del 17% en las empresas privadas- y que no es el único camino que marca la justicia europea, pese a que así lo han interpretado muchos juristas e incluso tribunales.

A la espera de una respuesta definitiva

La Sala de lo Social consideró que convertir automáticamente a los trabajadores públicos temporales en fijos, por muchos años que lleven en esta situación, es «incompatible con el sistema español de autoorganización de su propia administración pública –que se basa en los principios de igualdad, capacidad y mérito en el acceso a la función pública– y que se aplica tanto a los funcionarios públicos como a los contratados laboralmente». Así de claro lo afirma en una sentencia fechada el pasado 29 de abril en la que también rechaza que los interinos puedan participar en los concursos de traslados de puestos de trabajo por estar limitados a los funcionarios por oposición.

Sin embargo, y ante la inquietud generada entre los interinos, el propio Supremo se ha dirigido a la Justicia Europea para que «aclare» cuál debe ser el régimen legal por el que los trabajadores temporales de la Administración pasen a ser funcionarios y así evitar la «discriminación» que sufren durante los años que se perpetúan como interinos en sus puestos.

Lo hizo, según admitió el propio Supremo en una nota pública, «ante las dudas que ha suscitado la aplicación de la sentencia del TJUE de 22 de febrero de 2024» en la que fijaba criterio sobre la situación de los interinos. En el último fallo conocido de la Sala Social del Supremo, se negaba a convertir automáticamente a los trabajadores públicos temporales en fijos, por muchos años que lleven en esta situación.

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