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Aprobada la prestación de 100 euros por hijo

Aprobada la prestación de 100 euros por hijo

Las nuevas medidas en la Ley del Ingreso Mínimo Vital recogen esta ayuda de diferentes cuantías, dependiendo de la edad de los menores

DM .

Santander

Lunes, 22 de noviembre 2021, 17:05

Luz verde al proyecto de ley por el que se establecen novedades sobre el Ingreso Mínimo Vital (IMV), después del visto bueno de la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Congreso el pasado viernes, 19 de noviembre. El texto incluye la prestación por hijo a cargo, una ayuda que oscila entre los 50 y los 100 euros mensuales, dependiendo de la edad de los descendientes.

De este modo, las familias beneficiarias podrán obtener 100 euros al mes por cada niño menor de tres años, 70 euros si tienen entre tres y seis años y 50 euros si los hijos tienen desde los seis años hasta los 18.

Otra de las características de este punto es que las familias en situación de pobreza que no cumplan puedan recibir el IMV también podrán optar a esta ayuda los hijos de los hogares con hasta el triple de renta que marca para obtener el IMV y cuyo patrimonio neto sea inferior al 150% de los límites marcados.

Además, por otra parte, se tendrá en cuenta la renta del presente año y no la del año anterior para poder acceder al IMV.

Más novedades

Las nuevas medidas llegan también a otros grupos de población, como los jóvenes. Éstos verán reducido el período mínimo exigido en el IMV, pasando de dos a tres años, según la independencia que tengan de su hogar familiar. Por otro lado, queda atrás el límite de los 23 años para los jóvenes extutelados por la Administración Pública para recibir este tipo de prestaciones.

El IMV amparará a los ciudadanos que no tengan protección del paro y estén en situación de necesidad

En cuanto a las mejoras relacionadas con las personas en paro, el IMV cubrirá a aquellos ciudadanos que no cuenten con la protección del desempleo y estén en una situación de necesidad y sin derecho a otras ayudas. Estos casos se podrán gestionar mediante el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) y, en los casos más complicados no se tendrá en cuenta en el nivel de renta del hogar. También incluye la modificación que aquellas personas beneficiarias del IMV tienen que encontrarse obligatoriamente inscritas como demandantes de empleo y formar parte de las acciones que se lleven a cabo para mejorar su empleabilidad y la búsqueda activa de trabajo.

Otra de las novedades es que las familias con una persona con gran discapacidad (reconocida igual o superior al 65%) obtendrán una mejora de la cantidad del 22% del IMV.

Del mismo modo, y entre otras medidas, el congreso ha determinado que se excluya del cómputo de ingresos y patrimonio las rentas de prestaciones que se concedan por discapacidad, sobre todo de patrimonios protegidos.

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