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Las madres con sus hijos en guarderías con la autorización local pertinente, pero que no son centro de educación infantil homologado por la comunidad autónoma, obtienen una victoria contra Hacienda. El Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Cantabria ha dado la razón ... a una madre cántabra que pleiteó contra la Agencia Tributaria (AEAT) que denegó que se pudiera deducir los 1.000 euros por gastos en guardería. Aunque el fallo del pasado 21 de enero se puede recurrir sienta un precedente difícil de eludir ya que es un primer pronunciamiento contundente. Por su parte, la Asociación de Guarderías de Cantabria se felicita por la sentencia e insiste en la necesidad de superar el «limbo» en el que se encuentran en la región.
El origen de la disputa está en el reglamento de la Ley del IRPF elaborado por el ministerio en 2018, con María Jesús Montero, sobre una deducción establecida previamente, en los últimos presupuestos de Cristóbal Montoro. En aquel momento, se incluyó una deducción de 1.000 euros por los gastos de guardería para las madres con el fin de conciliar
Sin embargo, cuando llegó el primer año de recibir la ayuda a través de la declaración de la renta en forma de deducción, en la presentación de 2018, el criterio cambió. El reglamento de Hacienda para desarrollar la ley estableció una discriminación en favor de los centros de educación infantil, dejando fuera a las guarderías privadas que tienen el foco en la custodia de los niños y cuentan con la licencia municipal. Es decir, responden al concepto tradicional de guardería, pero sin ser homologadas como centro educativo por las comunidades autónomas. Este criterio dejó fuera de la deducción a miles de madres, y un número creciente de ellas se ha puesto a pleitear contra Hacienda. En este sentido, la jurista Elena Manzano, profesora de Derecho Financiero y Tributario en la Universidad de Extremadura, inscribió en el registro en octubre la Asociación de Personas Afectadas por la Deducción de Gastos en Guarderías en el IRPF para ayudar a las madres que quieran reclamar esta deducción. Ya hay más de medio centenar de asociadas.
Este ha sido el camino emprendido por la primera madre que ya tiene una resolución, del TEAR de Cantabria. La AEAT justificó la negativa con la consulta vinculante V1952-19 al respecto de la Dirección General de Tributos, que se produjo meses después de aplicar el criterio que separa unas guarderías de otras amparándose en el artículo 69 del reglamento. El tribunal cántabro, sin embargo, fija su sentencia basándose en la redacción de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 y en la Ley del IRPF. En el primer caso, señala sobre la deducción por maternidad que «se incrementa el incentivo fiscal cuando tenga que soportar gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros educativos autorizados». Mientras que la consulta de Tributos asegura que la deducción está vinculada al ámbito educativo y no a la mera custodia o cuidado, y que el concepto de guardería no está desarrollado en la norma, con lo que el texto de los Presupuestos se refiere a los centros de educación infantil. Ahora, la AEAT tiene tres meses para recurrir .
La sentencia no solo es importante para que se puedan deducir los gasto de guardería sino que anima al sector empresarial a urgir soluciones ante la situación que están padeciendo. «No dependemos ni de Servicios Sociales ni de Educación. No somos centros educativos pero si estamos autorizados para ejercer la actividad», explica Rosa Angulo, que es la presidenta de la Asociación de Guarderías de Cantabria.
«Hemos mantenido una reunión con responsables de la Consejería de Educación (Jesús Oria y Alejandro Gállego) para exponerles nuestra situación y pedir soluciones», afirma Angulo que insiste en que, a pesar de las dificultades que tiene el sector y que se han incrementado con la pandemia, no piden ayudas directas sino que las familias puedan deducir sin problemas los gastos.
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