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El Tribunal Supremo ha puesto fin a la controversia en torno a las indemnizaciones de cerca de 70 trabajadores de Sniace, que verán incrementadas sus cantidades por ser despedidos de la fábrica de Torrelavega en casi un 47%. La Sala de lo Social ha ... emitido una sentencia en unificación de doctrina al dictar el primer fallo que analiza el caso de los exempleados contra el Fondo Garantía Salarial (Fogasa) y que afectará a todos los procesos concursales.
El Alto Tribunal ha determinado que el Fogasa debe contemplar como fecha, a efectos indemnizatorios, el momento en que la administración concursal emite el certificado de deuda, una vez iniciada la fase de liquidación, y no cuando la empresa comunica el despido de los trabajadores. Esto hace que el módulo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que referencia la indemnización sea el del año 2020, fecha en que Sniace entró en liquidación; y no el de 2013, que fue cuando fueron despedidos los más de 500 trabajadores.
La sentencia ha sido difundida este lunes por el sindicato USO, promotor de las demandas contra el Fogasa. «Este criterio del Supremo trae consigo que la indemnización se eleve más del 47%. En el caso de Sniace supondrá que un trabajador despedido, con la antigüedad suficiente, pase de cobrar 18.282 euros a 26.937 euros», explica USO en una nota de prensa.
Hace casi un año, en marzo de 2023, el Alto Tribunal ya condenó al Fogasa a abonar a una trabajadora de Sniace 6.186 euros, pero en aquella ocasión el tribunal casacional inadmitió el recurso del Fondo de Garantía Salarial al no encontrar contradicción con la sentencia de contraste aportada por el organismo recurrente. En esta ocasión, lo relevante es que la Sala de lo Social ha entrado al fondo del asunto dando la razón a USO, detalla el sindicato, representado por el despacho especializado Abocan Abogados. «El fallo rotundo no deja dudas e incluso condena en costas al Fogasa, que estuvo apoyado en su tesis por la propia Fiscalía», recoge el comunicado.
Este pronunciamiento servirá igualmente para desbloquear las demandas pendientes, casi 70, de los operarios que decidieron recurrir. De este modo, los afectados cobrarán sus indemnizaciones, ya revalorizadas, 11 años después de ser despedidos.
Como conclusión, «USO lamenta profundamente que esta sentencia no pueda alcanzar al resto de trabajadores de Sniace, más de 500 afectados, a causa de un erróneo asesoramiento sindical y jurídico y que tiene como consecuencia que estos trabajadores dejen de percibir más de dos millones de euros».
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