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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha dado la razón a USO y Comisiones Obreras, que habían reclamado la forma en que la empresa de Reinosa Forgings & Castings aplicaba las libranzas para la plantilla en el caso de los permisos por circunstancias familiares graves. Hasta ahora, la dirección de la factoría contaba cinco días naturales (es decir, incluyendo en el cómputo festivos, sábados y domingos, por ejemplo), mientras los sindicatos consideraban que las jornadas a contabilizar bajo este paraguas debían ser laborales o hábiles para el trabajador.
Según han informado este lunes ambas centrales, la empresa apelaba al convenio colectivo, que recoge la regulación de estas licencias retribuidas, e interpretaba que los días atribuibles a los empleado por circunstancias familiares graves eran días naturales. Tras varios intentos de negociación con la dirección que resultaron fallidos y una mediación sin avenencia en el Orecla (Organismo de Resolución Extrajudicial de Conflictos Laborales) hace casi un año, los dos sindicatos citados presentaron una demanda de conflicto colectivo para aclarar la forma de aplicar el artículo 17.4 del convenio colectivo de referencia en los supuestos de enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica de familiares.
De la sentencia del TSJC se van a beneficiar las más de 500 personas que forman de la plantilla de la citada planta productiva. A partir de ahora, los días de permiso retribuido darán comienzo en el primer día laboral y durante cinco días laborales. El hecho de que se contabilizaran dichos permisos como días naturales, comenzando a contar desde el mismo día del hecho causante, limitaba el tiempo de descanso de los empleados, han indicado los sindicatos.
El fallo, según USO «garantiza que los trabajadores puedan disfrutar plenamente de su derecho a ausentarse del trabajo para atender situaciones familiares graves sin verse perjudicados por el uso de días no laborables».
Desde Comisiones Obreras, Julián Macho, delegado en la factoría campurriana, ha señalado que «la sentencia es muy importante para aclarar criterios y ensanchar los derechos de las personas trabajadoras». También ha recordado que el fallo «llega tras un recurso a la sentencia previa en el Juzgado de lo Social que nos dio parcialmente la razón el 24 de enero de 2024, reconociendo que el primer día de permiso debía ser laborable, y ahora lo serán también los cuatro siguientes».
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