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El guiño del Gobierno para proteger a los propietarios con viviendas alquiladas frente a posibles impagos se pondrá en marcha con algunas limitaciones. Los avales aprobados ayer en Consejo de Ministros cubrirán todas las mensualidades impagadas, pero no se podrán solicitar hasta que el dueño ... de la casa recupere su inmueble.
Así lo establece el reglamento publicado este miércoles en el BOE, que indica que la solicitud del cobro de las cantidades debidas y avaladas «se podrá realizar en el plazo de seis meses desde que la propiedad recupere la posesión de la vivienda», ya sea mediante resolución judicial de lanzamiento, o por un acuerdo (también judicial o extrajudicial) que acredite la operación.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ya anunció hace unas semanas esta línea de avales, que finalmente ha sido incluida en el decreto ómnibus pactado con Junts. Pero este miércoles se han conocido sus detalles, que incluyen otras limitaciones como que solo podrán solicitarlo los caseros con rentas vinculadas al índice de referencia que limita las subidas de precios del alquiler.
Además, solo aplicarán a viviendas que estén alquiladas a jóvenes menores de 35 años y a familias vulnerables «cuyas condiciones se determinarán reglamentariamente». Según el Gobierno en sus medidas anti desahucio, se considera vulnerables las personas que se han quedado en el paro o que han sufrido una pérdida sustancial de ingresos o una caída en la facturación de al menos el 40%. Del mismo modo, se establecen umbrales de ingresos para la unidad familiar, que varían entre tres veces y cinco veces el IPREM.
Según detalla el BOE, el aval -que gestionarán las comunidades autónomas con financiación finalista del estado- no solo cubre las mensualidades impagadas, sino también los posibles daños en la finca por culpa del arrendatario, así como el coste de los suministros debidos que hayan sido asumidos por la propiedad.
Para solicitar el aval, también es imprescindible que la casa tenga depositada la fianza legal obligatoria del contrato de alquiler y sus actualizaciones. Y tanto arrendador como arrendatario deben firmar el compromiso de este aval, con arreglo un modelo aprobado por la Administración.
«Reglamentariamente se podrán incorporar otros colectivos como beneficiarios potenciales de esta línea de avales», apunta el Ministerio. UN reglamento que se aprobará de forma definitiva en un plazo de seis meses y que será de aplicación respecto a los contratos vigentes a la entrada en vigor del real decreto-ley.
«En primer lugar, debe atenderse a la realidad social y económica de los hogares en el actual contexto caracterizado por determinadas dinámicas de crecimiento de precios e insuficiencia de oferta asequible de vivienda, así como de sobreexposición financiera de los hogares al pago del alquiler», explica el Ejecutivo para explicar la creación de esta línea de avales que ha sido muy bien acogida por el sector, en un momento en el que el miedo a situaciones extremas como una posible ocupación ilegal ha complicado el acceso al alquiler, incluso más allá de los precios.
Por ejemplo, ya es difícil encontrar un arrendamiento en el que el propietario no tenga contratado un seguro de impagos, en los que se imponen condiciones muchas veces imposibles de cumplir por parte de los 'aspirantes' a inquilino.
Varias aseguradoras también han aprovechado el entorno para lanzar productos como los denominados seguros antiocupación. Aunque muchos seguros del hogar ya incluyen una cobertura frente a estos casos y otros como posibles destrozos, la primera en explorar este segmento fue Línea Directa. Según datos de la compañía, el 70% de los seguros de hogar llevan aparejada esta cobertura, aunque hasta la fecha había gestionado 250 casos. Mutua Madrileña también siguió los pasos de la compañía y el pasado año lanzó una cobertura complementaria similar.
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