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Pedro Sánchez.
Las amnistías están prohibidas en nuestra Constitución
Opinión

Las amnistías están prohibidas en nuestra Constitución

Los jueces deberán interpretar una norma que es indeterminada y confusa a la hora de prever su ámbito de aplicación a delitos como la malversación y el terrorismo que según el Derecho de la Unión Europea no son amnistiables

Javier Tajadura Tejada

Jueves, 30 de mayo 2024, 14:13

Por una ajustada mayoría de 177 votos frente a 172 el Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves la ley de amnistía. Sus partidarios fueron sinceros al subrayar que la amnistía supone «la primera derrota del Régimen del 78», una «victoria frente al Estado» ... y la antesala de un «referéndum de autodeterminación». Desde un punto de vista constitucional es preciso denunciar una vez más que nuestra Constitución, a diferencia de otras, no atribuye a las Cortes la potestad de conceder amnistías y contiene preceptos de los que se deduce con claridad que aquellas están prohibidas en nuestro ordenamiento. El Congreso se extralimitó pues en sus funciones, ejerciendo una competencia que no tiene. La ley es meramente la vestidura formal de un contrato acordado entre Sánchez y Puigdemont para su investidura. El único objetivo legítimo de una amnistía -la reconciliación- no se cumple. Dicha reconciliación es incompatible con el hecho de que haya sido aprobada por una mayoría ajustada, y con las declaraciones beligerantes formuladas en el Congreso. La amnistía lejos de reconciliar divide y polariza a la sociedad.

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