Secciones
Servicios
Destacamos
El servicio público de la justicia se encuentra en el momento más crítico de su historia reciente, fruto de la convergencia de distintos factores. En la actualidad no se está garantizando el derecho fundamental de los ciudadanos a la tutela judicial efectiva y a un ... proceso sin dilaciones indebidas establecido en el artículo 24 de la Constitución.
Incumbe a las administraciones públicas hacer efectivo este derecho, dotando a la justicia de los medios materiales y humanos necesarios y abordando sin ninguna demora los conflictos, de cualquier naturaleza, que afecten a su funcionamiento.
La pandemia paralizó la actividad judicial durante tres meses y al regreso a la normalidad, como consecuencia de las restricciones impuestas a los ciudadanos y profesionales en el acceso a los edificios y salas judiciales, se acumularon nuevos retrasos que se sumaron a los que ya existían.
Los ciudadanos, destinatarios de este servicio público a través del cual se resuelven cuestiones tan básicas como el despido o la invalidez de un trabajador, medidas matrimoniales y pensiones alimenticias, el apoyo a personas con discapacidad, reclamaciones frente a los actos de la Administración Pública, la recuperación de la propiedad o posesión de un inmueble, la investigación y enjuiciamiento de delitos, entre otros muchos, han visto como se demoraban sus expectativas de solución, sin que se hayan puesto los medios para evitar la dilación en la respuesta judicial por parte de los responsables públicos.
El pasado 24 de enero los letrados de la administración de justicia (LAJ), antiguos secretarios judiciales, convocaron una huelga en reivindicación de mejoras salariales, que ha durado más de dos meses y que ha supuesto la suspensión de multitud de procedimientos.
Ahora el conflicto se ha trasladado a los funcionarios judiciales que desde el pasado 4 de mayo mantienen una huelga por idénticas razones lo que, de nuevo, ha provocado la suspensión de juicios y demoras añadidas en la tramitación de los procesos.
La huelga indefinida convocada por jueces y magistrados ha sido suspendida por las asociaciones judiciales, para proseguir la negociación con el Ministerio de Justicia en la mesa de retribuciones.
Este es el panorama al que nos enfrentamos en un servicio público esencial, situación a la que no se presta la debida atención desde las administraciones.
La abogacía es la profesión que hace efectivo el derecho de defensa de los ciudadanos en todos los procedimientos judiciales y estamos comprobando en primera línea los efectos perversos de estos conflictos, que están provocando su colapso.
Nuestros clientes no van a tener respuesta a sus demandas o acciones ante los Tribunales en tiempos razonables, pues las suspensiones de los juicios causadas por estos conflictos han provocado que los nuevos señalamientos se demoren hasta plazos cercanos a los dos años, lo que resulta inadmisible.
Ciudadanos y profesionales somos sujetos pasivos de los efectos de la huelga, pues, en muchos casos, ni siquiera se nos avisa con anterioridad de la suspensión y las partes, profesionales, peritos o testigos deben desplazarse inútilmente, incluso desde fuera de Cantabria, simplemente para que se les comunique la suspensión, con el trastorno y gastos que provoca.
Nuestra profesión también está siendo perjudicada por estos conflictos, porque nuestro trabajo está asociado al funcionamiento normal de los Juzgados y Tribunales.
También el ámbito de la abogacía del turno de oficio se ha iniciado un movimiento para reivindicar la dignidad de este servicio público, que nuestro Colegio en Cantabria ha liderado desde hace más de dos años, con la tramitación de un nuevo Reglamento.
Compartimos la reivindicación de los profesionales, reivindicación que hemos abanderado, pero apostamos por la negociación en la que se ha obtenido una mejora significativa de las retribuciones de más del 20% y teniendo el compromiso de la Consejería de su mejora, cuando tome posesión el nuevo gobierno que surja de las elecciones.
El derecho a la huelga, regulado como derecho fundamental en el artículo 28 de la Constitución, se encuentra inexplicablemente pendiente de desarrollo legislativo. Por razones de oportunidad política no ha sido abordado, no obstante, debe respetarse su ejercicio.
Pero este derecho a la huelga debe conciliarse necesariamente con el derecho a la tutela judicial de los ciudadanos, para hacer efectivo un servicio esencial, al nivel de la salud o la educación.
Exigimos desde la abogacía a ambas partes en conflicto, Sindicatos convocantes y Ministerio de Justicia, un ejercicio de responsabilidad para dar una solución inmediata, negociando sin demora y de buena fe y, evitando en la medida de lo posible el daño que se está causando.
La justicia se enfrenta a un futuro incierto por lo que resulta inaplazable abordar un pacto por la justicia —reivindicado desde la abogacía— que resuelva las carencias existentes y reduzca los tiempos de respuesta judicial, a lo que debe emplazarse a las partidos, administraciones y en el que los operadores debemos ser protagonistas.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.