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La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) no deja títere con cabeza. Aceptado, qué remedio, que las cestas navideñas que las empresas regalan a sus empleados son pagos en especie, sujetas a tributación, por las redes circula un aviso que reproduce el art. 168 del ... Código Civil: «La donación es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta».
Al tanto de tan vidriosa cuestión, SS. MM. los Reyes Magos de Oriente han decidido este año no depositar a los pies del Niño nacido en Belén su tradicional ofrenda: oro, incienso y mirra. ¡No vayan José y María a tener que pasar por taquilla, pobres!
Laica por naturaleza, la AEAT pregonando va por las esquinas digitales que 'ojito con lo que se regala en Reyes', porque todo regalo de Reyes es una donación que debe figurar en la declaración de la renta. Sabios por naturaleza, SS. MM. los Reyes Magos de Oriente se han prohibido este año discurrir frente a la delegación principal de la AEAT, en Paseo de Pereda, para evitar que les fiscalicen los regalos que llevan para depositar en los zapatitos de los ilusionados niños. Regalos que, por mor de la normativa legal aplicable que los agentes tributarios imponen a diestro y siniestro, por no decir a sartenazo limpio, han de pasar por su fiscalizador fielato. Como bienes generados en el extranjero (Oriente) son donaciones en especie hechas a contribuyentes españoles (los papis de las criaturas).
De manera que habrá que echar cuentas y atarse muy bien los machos no vaya a salir la consola, el móvil o el ordenador del hijo por un ojo de la cara. Y no digamos si lo que los pudientes papis piden a los Reyes para el hijo que acabó con nota la carrera y el máster es un descapotable fardón o una moto acuática para lucirse en el Sardi.
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