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Quería expresar mi opinión, intentando centrar el debate, a propósito de la nueva Ley del Suelo actualmente en tramitación parlamentaria, en mi condición de arquitecto ... con actividad profesional dedicada fundamentalmente a la redacción de proyectos, desarrollos urbanísticos y direcciones de obra.
En los últimos días hemos tenido distintas noticias y opiniones contradictorias al respecto. Vaya por delante que me sorprende que el debate suscitado se refiera exclusivamente a un artículo de toda la Ley, lo que en mi opinión reduce y acota la importancia de la misma.
Conviene aclarar que la posibilidad de construcción de viviendas en suelo rústico nace de una necesidad que la actual ley no ha solucionado. Lo cierto es que la ley actual, del año 2001, preveía que los 102 municipios de Cantabria adaptaran su planeamiento a ella en un plazo de 5 años, y tan solo 26 han conseguido finalizar con éxito este proceso en 21 años.
Ante estos números y constatando la pobre eficacia de la actual Ley para aprobar Planes Generales o Planes Parciales o Planes Especiales en Suelo Rústico o cualquier figura de planeamiento, y en un escenario de crisis económica desolador, en el año 2012 se modificó la misma con «el objetivo de responder a la necesidad de atender a una demanda social consistente en conceder al suelo rústico una serie de usos que, respetando la necesaria protección de esta clase de suelo, permitan su puesta en valor y hagan posible darle un destino que coadyuve tanto a un desarrollo sostenible, como a la dinamización de los núcleos rurales tan necesaria en un contexto de crisis». Es decir, para permitir, entre otras cuestiones, construir viviendas unifamiliares en suelo rústico, cumpliendo una serie de condiciones, dando respuesta a una demanda existente sin la obligación de depender de desarrollos urbanísticos llevados a cabo por promotores de suelo. Quiere ello decir que la posibilidad de construir viviendas en suelo rústico nació como solución a un problema genérico y endémico de gestión de la actual Ley del Suelo.
Los números son tozudos, y es descorazonador comprobar como los tiempos para aprobar un Plan General se cuentan por décadas, o directamente se abandonan. Y ello no afecta tan solo anecdóticamente al suelo rústico, si no que es mucho más importante la repercusión que ello tiene en nuestro desarrollo urbanístico, económico y social ya que la inseguridad jurídica que implica, así como su ineficacia, impide la atracción de inversiones necesarias para el desarrollo de la región. Ninguna Ley podrá tener éxito por sí sola, si no va acompañada de un Plan Regional de Ordenación Territorial (en desarrollo desde hace décadas) y una coordinación mucho más efectiva de las distintas administraciones públicas que actúan en estos procesos, para evitar que sigan siendo el ámbito donde muere cualquier iniciativa.
En cuanto al debate suscitado, en el año 2012 se aprobó la construcción de viviendas unifamiliares en suelo rústico con un tratamiento homogéneo en todos los municipios, sin distinguir las características de cada uno de ellos, y las diferencias entre, por ejemplo, municipios como Bezana o Polaciones. En esta propuesta de Ley, actualmente en tramitación, y tal y como entró en el Parlamento, durante los próximos dos años las cosas seguirían igual que hasta ahora. Pasado este tiempo y tan solo en municipios de menos de 5.000 habitantes, en núcleos sin suelos urbanizables que desarrollar, los ayuntamientos podrán delimitar la nueva figura de «áreas de desarrollo rural», en las que con una serie de condiciones se podrá seguir construyendo viviendas unifamiliares en suelo rústico, pretendiendo así facilitar la implantación en estos municipios. Estas áreas tendrán que delimitarse, se evaluarán ambientalmente y con un crecimiento limitado, lo que implica una voluntad de ordenar de una manera más determinante este tipo de desarrollos, no solamente para albergar viviendas unifamiliares, si no todos los usos del ámbito rural.
Ahora bien, ¿se van a aprobar estas áreas de desarrollo rural? Y aquí volvemos a la raíz del problema. Y es que el problema real es que las tramitaciones son numerosas, redundantes, tediosas, eternas en el tiempo, subjetivas.... Y finalmente casi imposibles.
El debate debería dedicarse a la voluntad de facilitar los trámites, coordinándolos desde la Crotu, facilitando la gestión en los suelos urbanos y en los urbanizables, teniendo en cuenta la amalgama de normativa sectorial que afecta al urbanismo. Y en este aspecto, si es posible conseguirlo, se estaría avanzando de forma sustancial en la culminación de las figuras de planeamiento de los planes urbanísticos.
Una ley como la que se está tramitando, necesita del apoyo de un Plan Regional de Ordenación del Territorio, además de una dinamización de la administración pública, condiciones sin las que mucho me temo, no se avanzará todo lo que necesitamos.
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