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No conozco personalmente al general Santiago pero, aun siendo así, siento por él una profunda admiración y respeto, no solo por el hecho de ser guardia civil -lo que sería suficiente- sino también por el cargo que ocupa y por su condición de general de ... dicho cuerpo.
Ahora bien, la proyección de la lógica sobre lo ocurrido en la rueda de prensa celebrada el pasado domingo hace difícil de entender que, como ha explicado, se trate de un lapsus.
Los errores, por supuesto, se entienden y deben disculparse. Suelen afectar a hechos, a datos, o a circunstancias concretas. El párrafo que leyó el general no puede incluirse en ninguna de esas categorías.
En España, desde el 27 de diciembre de 1978, que fue la fecha en la que se promulgó la Constitución Española, está expresamente prohibida la censura (artículo 20.2 CE). La misma Ley establece (artículo 20.3) el principio de respeto al pluralismo de la sociedad y, desatender esos postulados, implica un retroceso inimaginable.
Como sabemos, los derechos a la libertad de expresión tienen su cauce en el de información y en el de opinión.
La primera debe ser veraz, es decir, contrastada, y a eso se dedican los periodistas profesionales -entre ellos los de El Diario Montañés-, y solo esa información es la que goza de garantía para el lector.
La opinión, en cambio, no tiene más límites que el respeto al derecho de los demás, si bien en el análisis de esta, se admite un mayor margen de tolerancia siendo responsable de ella quien la emite. Cuando de personas públicas se trata, los tribunales mantienen una y otra vez que el margen es mucho más amplio por una doble razón:
-Porque al ejercer una actividad pública la persona que la desarrolla se sitúa voluntariamente bajo la luz cegadora de la publicidad y, correlativamente a que sus actos sean analizados por los ciudadanos.
-Porque el único control posible para quien ha sido elegido democráticamente es, precisamente, el que pueden ejercer los medios de comunicación con su derecho a la crítica. Si no fuera así ese poder sería onnímodo.
Los medios de comunicación vienen denunciando desde hace años la problemática que proyecta la indebida utilización de las redes sociales cuando cunde en ellas la desinformación, los bulos, las noticias falsas...
El Instituto de Tecnología de Massachusetts (MIT) ha constatado que las noticias falsas se retuitean un 70% más que las ciertas y que a estas les cuesta seis veces más llegar que los bulos.
Ahora bien, la lucha contra este fenómeno no puede hacerse de ningún modo restringiendo la libertad de expresión, trabajosamente ganada por la sociedad española, siendo fuente sustancial en la conformación de la opinión pública.
Es obligado desde los medios defender el periodismo serio, la opinión libre, la difusión de pensamientos e ideas.
Los caminos para perseguir a quienes difunden bulos están trazados en las vías del acceso a la justicia y no en la restricción, mediante la utilización de nuevas tecnologías, de esa forma de expresión.
La sociedad sabe distinguir perfectamente la calidad informativa de los medios y postergar al lugar que corresponde a aquellos que se dedican a difundir noticias falsas.
En estos principios no puede haber lapsus, mi general.
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