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Editorial

Amnistía, revés anunciado

Las decisiones del Supremo no hacen caso omiso a la voluntad del legislador, sino que advierten de las fallas que presenta la norma

Martes, 2 de julio 2024, 07:12

La aplicación de la ley de amnistía está sujeta a la interpretación que de su articulado hagan jueces e instancias judiciales y a la revisión a la que en su caso procedan el Tribunal Constitucional y el Tribunal de Justicia europeo. El auto del instructor del Supremo Pablo Llarena ... desestimando la concesión de la amnistía a Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig y manteniendo las órdenes de detención, así como la resolución de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal declarando no exculpado el delito de malversación para Oriol Junqueras y otros condenados por tal ilícito han confirmado las previsiones. Era sabido que la norma presentaba algunos aspectos especialmente discutibles, como su aplicación a los delitos de malversación o de terrorismo. Llarena y la Sala que encabeza Manuel Marchena se oponen a que la malversación sea amnistiada con el argumento de que el dinero del erario desviado por dirigentes del 'procés' fue utilizado para el desarrollo de un proyecto político durante un período de tiempo determinado. El Supremo hace suyas las razones de los cuatro fiscales que participaron en la investigación y calificación de aquellos hechos al señalar que la finalidad pretendida no exime de responsabilidad a cargos públicos que optaron por utilizar fondos económicos de todos pudiendo recurrir a sus propios recursos para financiar actividades independentistas.

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