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Editorial

Inquilinos entre propietarios

El derecho a la vivienda se lleva muy mal con la demagogia. Y sería decepcionante que las virtudes del índice del alquiler quedaran en eso

Viernes, 3 de enero 2025, 07:06

El índice de referencia de arrendamientos de vivienda quedó ayer fijado por el INE en el máximo de 2,2% de incremento para los contratos de alquiler que deban actualizarse este mismo mes de enero de 2025. Es el resultado de una fórmula que combina ... la variación anual del IPC, la variación anual del IPC subyacente y las tasas de variación media ajustada de ambos, con los datos del pasado noviembre como referencia y debiendo recurrir a los de diciembre para la actualización de los alquileres que venzan en febrero; y así sucesivamente. La medida, que tiende a situar la subida de los precios de alquiler por debajo de la tasa de inflación, permite impedir que la prórroga de los contratos conlleve alzas arbitrarias que dificulten el acceso a la vivienda. Pero ésta depende tanto de la promoción de nuevos equipamientos y de la rehabilitación del parque existente junto a su entorno urbanístico, que deberá pasar tiempo para evaluar cuáles son los efectos reales, a medio y largo plazo, de una medida que en apariencia se presenta justa. En tanto que el IPC llegue a contenerse en el 2%, e incluso por debajo del objetivo fijado por el Banco Central Europeo, los inquilinos que no hayan logrado acordar la prórroga de la renta durante cinco años con un particular, y durante siete años con un gran tenedor, se encontrarán a salvo de abusos. Pero no está claro que ello les asegure condiciones ventajosas de cara a que la vivienda alquilada mejore, o a cambiar de casa con cierta facilidad.

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